Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (05013/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir, en comisión de servicios, dos puesto de Agente de Policía Local
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 5013/2024

informe motivado de la Comisión de Valoración en base a la puntuación obtenida, aunque existan aspirantes
que reúnan las condiciones y requisitos para el desempeño del puesto.
8.ª.4. Plazo de reclamaciones: Una vez se haga pública la propuesta, los participantes en el proceso podrán
formular reclamaciones, durante el plazo de los 5 días hábiles siguientes al de la publicación.
8.ª.5. Propuesta de nombramiento: De formularse alegaciones o reclamaciones, la comisión resolverá
aquellas que se formulen. De no presentarse el Secretario de la comisión que facultado para publicar la
propuesta de nombramiento.
Será seleccionado el aspirante que hayan obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar el número al
de puestos objeto de esta convocatoria que es de uno.
Esta propuesta se elevará al Sr. Alcalde-Presidente para que formule nombramiento en comisión de servicios.
Novena. Nombramiento y toma de posesión.
9.ª.1. Presentación de documentos: La persona propuesta para su nombramiento está obligadas a presentar,
dentro del plazo de 2 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de
seleccionadas, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta
convocatoria que no hayan sido aportados junto con la instancia.
Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos,
salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser nombradas y quedarían anuladas todas las actuaciones sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde efectuará el nombramiento a favor del aspirante que,
habiendo superado el proceso selectivo, tuviera cabida en el número de puestos convocados, a consecuencia
de la referida anulación.
9.ª.2. Nombramiento: Resueltas las reclamaciones habidas o transcurrido el plazo de reclamación, de no
haberlas, por la Alcaldía-Presidencia se dictará resolución de nombramiento, que se motivará con referencia
al cumplimiento por parte de las personas seleccionadas de los requisitos y especificaciones exigidos en la
convocatoria, y la competencia para proceder al mismo.
Los puestos convocados podrán quedar desierto, si no concurren aspirantes idóneos, según informe
motivado de la Comisión de Valoración, aunque existan aspirantes que reúnan las condiciones y requisitos
para el desempeño del puesto.
9.ª.3. Toma de posesión. La toma de posesión deberá producirse en el plazo máximo de 3 días a contar desde
la notificación de la resolución de comisión de servicios.
Décima. Constitución de lista de espera.
10.ª.1. Concluido el proceso selectivo, con los aspirantes que hayan resultado aptos y no hayan sido
propuestos para el nombramiento en comisión de servicios del puesto de trabajo objeto de la selección, se
podrá formular una lista de espera.
La puesta en funcionamiento de esta lista y su vigencia dependerá de su aprobación por la AlcaldíaPresidencia.
10.ª.2. Orden de llamamientos: Constituida la lista de espera, en ella permanecerán las aspirantes en situación
de espera, hasta que sea necesario su nombramiento en comisión de servicios.
Los llamamientos seguirán riguroso orden de prelación por la posición que ocupen en la lista. Concluido un
nombramiento, el aspirante, volverán al lugar que ocupaban en la lista.
10.ª.3. Permanencia en lista: La permanencia en la lista no supondrá ningún derecho efectivo a
nombramiento, ni de ninguna otra índole, pudiendo quedar sin efectos en caso de que desaparezcan las
razones de necesidad que motivaron su constitución.
En lo no establecido en esta base será de aplicación en lo que no resulte incompatible con la misma el
Reglamento de funcionamiento de las listas de espera para la contratación de este Ayuntamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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