Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05001/2024)
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones locales
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Ayuntamiento de Campanario

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Campanario
Campanario (Badajoz)
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Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones locales

CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES LOCALES
La Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 9 de octubre de 2024 acordó, en virtud de las competencias delegadas a la
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Campanario por la Alcaldía (BOP número 219 de 16 de noviembre de 2023)
por unanimidad la aprobación de las bases para la convocatoria de concesión de subvenciones a las asociaciones locales
para el ejercicio 2024, del siguiente tenor literal.
«BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES LOCALES
1.- Objeto de la subvención.
Desde el Ayuntamiento de Campanario se publican estas bases con el fin de buscar respuesta y soluciones a las
reivindicaciones que demandan nuestros vecinos en cuanto a calidad de vida y bienestar. Creemos que las personas que
pertenecen a cada una de las asociaciones de Campanario son vecinos solidarios implicados en participar en cualquier
actividad. Así mismo influyen con sus proyectos al resto de la sociedad y tienen la capacidad de responder a las necesidades
del desarrollo cultural, ocupación de tiempo libre y promoción social.
Las asociaciones son indispensables para regenerar la vida en comunidad, creando sentimiento de pertenencia e
implicación en los proyectos que el Ayuntamiento por sí solo no puede realizar. Sin las Asociaciones, sin personas que se
agrupan para sumar sus fuerzas y alcanzar objetivos, no habría desarrollo, cambio y progreso.
Las presentes bases tienen por objeto regular y fijar los criterios y el procedimiento de concesión de subvenciones
otorgadas por el Ayuntamiento de Campanario a las asociaciones locales para los proyectos a desarrollar en el año 2024.
2.- Requisitos que deberán reunir las asociaciones beneficiarias.
2.1.- Las asociaciones que quieran acceder a la presente orden de subvenciones deberán hallarse inscritas en el Registro
Asociaciones de Extremadura.
2.2.- En el caso de ser una asociación formada recientemente, deberá inscribirse, además, en el Registro de Asociaciones del
Ayuntamiento de Campanario.
Inscripción en el Registro:
Instancia dirigida al Alcalde solicitando la inscripción, acompañada del acuerdo del órgano correspondiente en el que
se haya acordado esa inscripción.
Copia de los estatutos o normas de funcionamiento vigentes.
Número de inscripción en el correspondiente Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Acta o certificación, de acuerdo con dicha normativa, de la última asamblea general de socios, o de un órgano
equivalente, en la que fuera elegida la Junta Directiva vigente en el día de la inscripción, con la dirección y el teléfono,
en su caso, de las personas que componen dicha Junta Directiva.
Sede social.
Código de Identificación Fiscal.
Certificación del número de personas inscritas a la asociación en el momento de la solicitud.
2.3.- Justificación, en su caso, de la subvención recibida en el ejercicio anterior.
3.- Presentación de las solicitudes, plazo.
3.1.- Las presentes bases entrarán en vigor, previa inclusión de anuncio extractado en la Base Nacional de Subvenciones, al
día siguiente al de la publicación de su convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
3.2.- El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
3.3.- Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Campanario de acuerdo con el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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