Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (04886/2024)
Aprobación de dieciocho cartas de servicios de varias unidades administrativas de la Diputación de Badajoz
85 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Anuncio 4886/2024
A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda
legalmente.
A formular iniciativas y sugerencias que puedan contribuir a mejorar el funcionamiento de Promedio.
A formular reclamaciones y quejas que puedan dar lugar a demoras, desatenciones u otras anomalías que se
observen en el funcionamiento de Promedio en relación con los servicios que se apuntan.
A la protección de sus datos de carácter personal y que sean empleados con carácter único y exclusivo para los fines
previstos en el ámbito administrativo.
7. Quejas y reclamaciones. Iniciativas y sugerencias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados por Promedio podrán presentar sus quejas y reclamaciones
sobre el funcionamiento del servicio, en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
A través de la Sede Electrónica, con los medios de identificación y firma previstos en la misma, accediendo al
siguiente enlace sin firma electrónica: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=qsy con firma electrónica:
https://sede.dip-badajoz.es/sede/tramitacionElectronica.do?asu_mod_cod=133&asu_cod=134&asunto=134&aplcorre
o=4
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía, en la Sede Central
del Consocio Promedio o en las oficinas de la Unidad de Abastecimiento de Agua Potable.
Mediante correo postal dirigido a las oficinas del Consorcio presentado en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de
la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común.
Mediante correo electrónico dirigido a la dirección: calidad@dip-badajoz.es y/o promedio@dip-badajoz.es
Además, para las personas que trabajan en la Diputación de Badajoz a través del formulario correspondiente en la
Intranet Corporativa (http://www.dip-badajoz.es/intranet/) o en el Portal del Empleado.
Las reclamaciones presentadas por incumplimiento de los compromisos contenidos en esta Carta no tendrán carácter de
recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente sin renuncia al
ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer las personas y entidades usuarias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados que consideren que Promedio ha incumplido los compromisos
asumidos en esta Carta, podrán dirigir un escrito o queja a la unidad responsable de la misma, que contestará por escrito
mediante correo postal o medio electrónico, según preferencia expresada por estas, en el plazo máximo de 10 días
comunicando las causas del incumplimiento, así como las medidas adoptadas en relación con las deficiencias observadas.
Este incumplimiento no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.
8. Normativa reguladora.
Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 22/2011 de Residuos.
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Real Decreto 110/2015 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Decreto 20/2011, sobre la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Programa Estatal de Prevención de Residuos 2014-2020.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Real Decreto Legislativo 1/2001, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.
Ley 5/2002, sobre vertidos de aguas residuales industriales a los sistemas públicos de saneamiento.
Real Decreto 849/1986, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los
títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985 de Aguas.
Real Decreto 509/1996 de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995, por el que se establecen las normas aplicables al
tratamiento de las aguas residuales urbanas.
Real Decreto 140/2003, con la modificación del Real Decreto 902/2018, por el que se establecen los criterios
sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
Plan Integrado de Residuos de Extremadura (PIREX) 2016-2022.
Programa autonómico de vigilancia sanitaria del agua de consumo humano en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Estatutos del Consorcio de Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz, Promedio.
Reglamento del suministro domiciliario de agua del Servicio provincial de abastecimiento de Promedio.
Reglamento de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos de la provincia de Badajoz.
Reglamento del servicio de saneamiento y depuración.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda
legalmente.
A formular iniciativas y sugerencias que puedan contribuir a mejorar el funcionamiento de Promedio.
A formular reclamaciones y quejas que puedan dar lugar a demoras, desatenciones u otras anomalías que se
observen en el funcionamiento de Promedio en relación con los servicios que se apuntan.
A la protección de sus datos de carácter personal y que sean empleados con carácter único y exclusivo para los fines
previstos en el ámbito administrativo.
7. Quejas y reclamaciones. Iniciativas y sugerencias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados por Promedio podrán presentar sus quejas y reclamaciones
sobre el funcionamiento del servicio, en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
A través de la Sede Electrónica, con los medios de identificación y firma previstos en la misma, accediendo al
siguiente enlace sin firma electrónica: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=qsy con firma electrónica:
https://sede.dip-badajoz.es/sede/tramitacionElectronica.do?asu_mod_cod=133&asu_cod=134&asunto=134&aplcorre
o=4
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía, en la Sede Central
del Consocio Promedio o en las oficinas de la Unidad de Abastecimiento de Agua Potable.
Mediante correo postal dirigido a las oficinas del Consorcio presentado en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de
la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común.
Mediante correo electrónico dirigido a la dirección: calidad@dip-badajoz.es y/o promedio@dip-badajoz.es
Además, para las personas que trabajan en la Diputación de Badajoz a través del formulario correspondiente en la
Intranet Corporativa (http://www.dip-badajoz.es/intranet/) o en el Portal del Empleado.
Las reclamaciones presentadas por incumplimiento de los compromisos contenidos en esta Carta no tendrán carácter de
recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente sin renuncia al
ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer las personas y entidades usuarias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados que consideren que Promedio ha incumplido los compromisos
asumidos en esta Carta, podrán dirigir un escrito o queja a la unidad responsable de la misma, que contestará por escrito
mediante correo postal o medio electrónico, según preferencia expresada por estas, en el plazo máximo de 10 días
comunicando las causas del incumplimiento, así como las medidas adoptadas en relación con las deficiencias observadas.
Este incumplimiento no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.
8. Normativa reguladora.
Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 22/2011 de Residuos.
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Real Decreto 110/2015 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Decreto 20/2011, sobre la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Programa Estatal de Prevención de Residuos 2014-2020.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Real Decreto Legislativo 1/2001, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.
Ley 5/2002, sobre vertidos de aguas residuales industriales a los sistemas públicos de saneamiento.
Real Decreto 849/1986, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los
títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985 de Aguas.
Real Decreto 509/1996 de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995, por el que se establecen las normas aplicables al
tratamiento de las aguas residuales urbanas.
Real Decreto 140/2003, con la modificación del Real Decreto 902/2018, por el que se establecen los criterios
sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
Plan Integrado de Residuos de Extremadura (PIREX) 2016-2022.
Programa autonómico de vigilancia sanitaria del agua de consumo humano en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Estatutos del Consorcio de Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz, Promedio.
Reglamento del suministro domiciliario de agua del Servicio provincial de abastecimiento de Promedio.
Reglamento de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos de la provincia de Badajoz.
Reglamento del servicio de saneamiento y depuración.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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