Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04969/2024)
Resolución del proceso de estabilización de las plazas recogidas en la oferta de empleo publico para la categoría A1
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Ayuntamiento de Castuera

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5. La capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza se acreditará
mediante certificado médico expedido por los servicios médicos determinados por la
institución convocante en el que se acredite que el aspirante posee la capacidad funcional para
el desempeño de las tareas y que no se padece enfermedad o limitación física o psíquica que
impida ese desempeño. A tal efecto, las personas seleccionadas se someterán a las pruebas y
reconocimientos médicos oportunos. La negativa a realizar dichas pruebas supondrá la
exclusión del proceso selectivo.
6. No será preciso aportar los documentos que ya obren en el expediente de personal del
Ayuntamiento de Castuera, en cuyo caso bastará su alegación en plazo para ser tenidos en
cuenta. Corresponde a cada participante el análisis del contenido de su expediente de personal
y la comprobación de que en el mismo constan los documentos originales o copias
compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de participación en el proceso selectivo.
7.2. En todo caso, el Ayuntamiento de Castuera confeccionará un certificado de servicios previos con
referencia a la fecha de finalización del plazo de finalización de instancias para cada uno de los aspirantes que
presten servicios en dicha Administración y concurran al proceso selectivo.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen dichos requisitos o de la
documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud
de participación.
En virtud de lo anterior, y por las funciones conferidas en base al artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
Bases del Régimen Local,
RESUELVO
Primero.- Otorgar el plazo de 20 días hábiles para la presentación de la documentación arriba referenciada,
desde la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Excmo.
Ayuntamiento de Castuera.
Segundo.- Ordenar la contratación de el/la aspirante que más puntuación ha obtenido en la baremación, (una
vez aportada la documentación referenciada en la base 7.1 y 7.2 en el plazo establecido) siendo, en el
presente caso para las siguientes categorías:
Director/a Residencia de Mayores: Francisco José Pérez Pozo.
Licenciada/o en Psicología: María del Carmen Martínez Corral.
Licenciada/o en Derecho: María Dolores Carmona Lanchazo.
Tercero.- Dar traslado de esta resolución al Departamento de Personal, a Intervención y a Tesorería a los
efectos oportunos.
En Castuera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Martos Ortiz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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