Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04985/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa colaborativo rural de Llera
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Ayuntamiento de Llera

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Llera
Llera (Badajoz)
Anuncio 4985/2024
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa colaborativo rural de Llera

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL PROGRAMA COLABORATIVO RURAL DE LLERA
(BADAJOZ)
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 31 de julio de 2024
de aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del programa colaborativo rural del Ayuntamiento de Llera
(Badajoz), por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz que tuvo lugar con fecha 7 de agosto de 2024, para que el mismo pudiera ser examinado y poderse
presentar las reclamaciones y sugerencias que se considerasen oportunas.
Y resultando que, finalizado el referido plazo de exposición al público y audiencia previa, no se ha presentado reclamación o
sugerencia alguna.
A la vista de todo ello se considera definitivamente aprobado dicho Reglamento de conformidad con lo establecido en el
artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-, y que es del siguiente tenor
literal:
"PREÁMBULO
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desarrollo y desempeño cotidiano de los programas/proyectos de empleo y formación, regulando su ordenación técnica y
organización y constituyendo sus normas de funcionamiento y coordinación, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el
Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras, de la concesión de subvenciones
destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural Ateneo.
TÍTULO PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ORGANIZACIÓN
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
Las normas del presente Reglamento son de orden interno y serán de aplicación a la totalidad de los participantes del
Programa Colaborativo Rural Ateneo "RETÍN II" (personal técnico y docente y alumnado trabajador) cuya entidad promotora
es el Excmo. Ayuntamiento de Llera, en su condición de entidad promotora y contratante, y durante el tiempo que éstos
estén contratados al amparo del programa.
Asimismo, será de aplicación a otros proyectos formativos de similares características al mencionado anteriormente,
correspondan a esta u otra especialidad formativa.
Artículo 2.- Organización general.
La organización general del programa/proyecto corresponderá a dos niveles:
- Nivel institucional: La máxima responsabilidad institucional del programa/proyecto corresponderá al Excmo.
Ayuntamiento de Llera, como entidad promotora y contratante, cargo que compartirá con el Servicio de
Extremeño Público de Empleo (en adelante, SEXPE) o, en su caso, con la correspondiente entidad gestora de la
subvención concedida para la puesta en marcha del programa/proyecto, en los términos que marca la
legislación y la normativa publicada al efecto.
- Nivel interno: La organización interna del programa se asentará en su equipo directivo-docente, entendido
este como órgano de trabajo colectivo. Se completará este órgano con la existencia de un delegado/a de
alumnos/as, de la especialidad formativa aprobada.
Artículo 3.- Organización operativa.
La organización operativa del programa/proyecto responderá a la distribución de funciones del personal que lo compone y
que se exponen a continuación, sin perjuicio de la acumulación de funciones o de la estructura específica que en su caso se
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