Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04907/2024)
Bases de la convocatoria del proceso de estabilización de personal laboral fijo por sistema de concurso para cubrir dos plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 4907/2024
Fuente del Maestre https://fuentedelmaestre.sedelectronica.es/board.
4.3.- Junto con la solicitud presentada conforme al anexo I, los aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
- Fotocopia de las titulaciones exigidas, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los
estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
- Documentación justificativa de los méritos alegados en la fase de concurso (titulaciones, cursos, contratos...).
- Informe de vida laboral y certificados de servicios prestados, presentado conforme al anexo I del Real
Decreto 1461/1982, de 25 de junio.
- Justificación del abono íntegro de la tasa de examen que proceda.
4.4.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del capítulo VI "Cuota tributaria" de la Ordenanza fiscal reguladora de
la tasa por derecho de examen en convocatorias para acceder a la función pública del Ayuntamiento de Fuente del Maestre
(Boletín Oficial de la Provincia número 16 – anuncio 247/2020, de 24 de enero de 2020), cuyo hecho imponible lo constituye
la tramitación de solicitudes presentadas para tomar parte en las pruebas de acceso a la función pública convocadas por
este Ayuntamiento, los aspirantes deberán hacer efectiva una tasa de inscripción para cada plaza a la que aspire en función
del grupo y subgrupo en la que se encuentre. Las cuantías, en función del grupo, ascienden a los siguientes importes:
Grupo/Categoría
Tasa
Grupo A – A1 y A2
30,00 €
Grupo B
20,00 €
Grupo C – C1 y C2
20,00 €
Grupo E
20,00 €
El importe de la tasa se deberá ingresar en la cuenta de este Ayuntamiento con número: C/C ES58 3009 0006 54 1141
342624, de la entidad bancaria Caja Rural de Extremadura haciendo constar en el concepto nombre, apellidos y
"Estabilización concurso – Agente de Empleo y Desarrollo Local".
El pago de la tasa o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención de la misma, deberá
realizarse dentro del plazo de presentación de las solicitudes. La falta de pago de la tasa dentro de dicho plazo es
insubsanable posteriormente; únicamente se permitirá la subsanación de la falta de presentación del resguardo
acreditativo.
La exclusión definitiva del proceso selectivo de algún aspirante o la no presentación a la realización de los ejercicios en que
consiste la fase de oposición, no dará lugar a la devolución del importe abonado.
Estarán exentos del pago de la tasa, de acuerdo con el artículo 4 de la Ordenanza municipal los siguientes solicitantes:
a) Acrediten su condición de desempleados demandantes de empleo con presentación de la correspondiente
tarjeta de empleo o certificado del centro de empleo.
b) Los miembros de familias numerosas que tengas reconocida tal condición, clasificadas de "categoría
especial", de acuerdo con el artículo 12.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de Familia
Numerosa.
c) Las mujeres víctimas de violencia de género, entendiéndose como tal las que cumplan el artículo 79 de la
Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura.
d) Personas en situación de discapacidad igual o superior al 33% que aporten la tarjeta acreditativa del grado
de discapacidad expedida por la correspondiente Comunidad Autónoma.
4.5.- Las solicitudes se podrán presentar:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Fuente del Maestre https://fuentedelmaestre.sedelectronica.es/board.
4.3.- Junto con la solicitud presentada conforme al anexo I, los aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
- Fotocopia de las titulaciones exigidas, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los
estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
- Documentación justificativa de los méritos alegados en la fase de concurso (titulaciones, cursos, contratos...).
- Informe de vida laboral y certificados de servicios prestados, presentado conforme al anexo I del Real
Decreto 1461/1982, de 25 de junio.
- Justificación del abono íntegro de la tasa de examen que proceda.
4.4.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del capítulo VI "Cuota tributaria" de la Ordenanza fiscal reguladora de
la tasa por derecho de examen en convocatorias para acceder a la función pública del Ayuntamiento de Fuente del Maestre
(Boletín Oficial de la Provincia número 16 – anuncio 247/2020, de 24 de enero de 2020), cuyo hecho imponible lo constituye
la tramitación de solicitudes presentadas para tomar parte en las pruebas de acceso a la función pública convocadas por
este Ayuntamiento, los aspirantes deberán hacer efectiva una tasa de inscripción para cada plaza a la que aspire en función
del grupo y subgrupo en la que se encuentre. Las cuantías, en función del grupo, ascienden a los siguientes importes:
Grupo/Categoría
Tasa
Grupo A – A1 y A2
30,00 €
Grupo B
20,00 €
Grupo C – C1 y C2
20,00 €
Grupo E
20,00 €
El importe de la tasa se deberá ingresar en la cuenta de este Ayuntamiento con número: C/C ES58 3009 0006 54 1141
342624, de la entidad bancaria Caja Rural de Extremadura haciendo constar en el concepto nombre, apellidos y
"Estabilización concurso – Agente de Empleo y Desarrollo Local".
El pago de la tasa o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención de la misma, deberá
realizarse dentro del plazo de presentación de las solicitudes. La falta de pago de la tasa dentro de dicho plazo es
insubsanable posteriormente; únicamente se permitirá la subsanación de la falta de presentación del resguardo
acreditativo.
La exclusión definitiva del proceso selectivo de algún aspirante o la no presentación a la realización de los ejercicios en que
consiste la fase de oposición, no dará lugar a la devolución del importe abonado.
Estarán exentos del pago de la tasa, de acuerdo con el artículo 4 de la Ordenanza municipal los siguientes solicitantes:
a) Acrediten su condición de desempleados demandantes de empleo con presentación de la correspondiente
tarjeta de empleo o certificado del centro de empleo.
b) Los miembros de familias numerosas que tengas reconocida tal condición, clasificadas de "categoría
especial", de acuerdo con el artículo 12.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de Familia
Numerosa.
c) Las mujeres víctimas de violencia de género, entendiéndose como tal las que cumplan el artículo 79 de la
Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura.
d) Personas en situación de discapacidad igual o superior al 33% que aporten la tarjeta acreditativa del grado
de discapacidad expedida por la correspondiente Comunidad Autónoma.
4.5.- Las solicitudes se podrán presentar:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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