Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04873/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del mercado municipal
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 4873/2024
Patio de maniobras y circulaciones.
Vestíbulo.
Dos vestuarios.
Tres almacenes.
Dos cuartos de instalaciones y limpieza.
Planta nivel 1 - planta baja:
Catorce puestos de venta para diferentes productos de alimentación.
Aseos.
Almacén y cámara de decomiso.
Despacho de servicios veterinarios.
Dos cuartos de instalaciones.
Dos cantinas con barra y sala, cocina y aseos.
Planta nivel 2 - planta primera:
Dos cuartos de climatización.
Tres cuartos de instalaciones.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.Los puestos adjudicados con carácter provisional por acuerdo de la Junta de Gobierno Local o, a través de los procesos de
adjudicación a partir de la construcción del Nuevo Mercado de Las Mercedes, se entenderán adjudicados definitivamente a
partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza, iniciándose en ese momento el periodo de concesión establecido en
el artículo 11 y no pudiendo exceder de los diez años establecidos en aquel.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.A partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza, quedan derogadas todas las disposiciones municipales que se
opongan a la misma.
DISPOSICIÓN FINAL.La presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Almendralejo, en sesión celebrada el 31 de marzo
de 2014 y entrará en vigor una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y haya transcurrido el
plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.»
En Almendralejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José María Ramírez Morán.
____________
ANEXO: MODELO DE COMUNICACIÓN PREVIA AL INICIO DE LA ACTIVIDAD DE VENTA EN EL MERCADO MUNICIPAL DE
ABASTOS MINORISTA
_______________________ (nombre y apellidos), vecino/a de ____________________, con domicilio en calle ___________________,
número ______, con DNI número _______________, actuando (en nombre propio o en nombre y representación de la mercantil
_____________).
Ante el Ayuntamiento de ______________. Expone que el día ______ formalicé, por escrito, con ese Ayuntamiento la concesión
administrativa sobre el puesto de venta número del mercado de abastos minorista sito en el c/ ___________________ del
municipio, puesto que se destina a la venta de los productos __________________________. De conformidad con lo dispuesto la
Ordenanza del mercado comunico al Ayuntamiento que el día _____________ se iniciará el ejercicio de la actividad de venta al
por menor en el indicado puesto.
En __________________, a _____ de ___________________ de 20__.
(Firma) Sr./a Alcalde/sa Presidente/a del Ayuntamiento de ________________________.
Nota indicativa.- Sin perjuicio del posible requerimiento de la documentación que proceda en el momento de la
comprobación, verificación o de la inspección de la actividad, se podrán identificar los documentos que se estimen
oportunos y la dependencia en las que se encuentren o, en su caso, aportar copia de dichos documentos con carácter
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Aseos.
Almacén y cámara de decomiso.
Despacho de servicios veterinarios.
Dos cuartos de instalaciones.
Dos cantinas con barra y sala, cocina y aseos.
Planta nivel 2 - planta primera:
Dos cuartos de climatización.
Tres cuartos de instalaciones.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.Los puestos adjudicados con carácter provisional por acuerdo de la Junta de Gobierno Local o, a través de los procesos de
adjudicación a partir de la construcción del Nuevo Mercado de Las Mercedes, se entenderán adjudicados definitivamente a
partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza, iniciándose en ese momento el periodo de concesión establecido en
el artículo 11 y no pudiendo exceder de los diez años establecidos en aquel.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.A partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza, quedan derogadas todas las disposiciones municipales que se
opongan a la misma.
DISPOSICIÓN FINAL.La presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Almendralejo, en sesión celebrada el 31 de marzo
de 2014 y entrará en vigor una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y haya transcurrido el
plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.»
En Almendralejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José María Ramírez Morán.
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ABASTOS MINORISTA
_______________________ (nombre y apellidos), vecino/a de ____________________, con domicilio en calle ___________________,
número ______, con DNI número _______________, actuando (en nombre propio o en nombre y representación de la mercantil
_____________).
Ante el Ayuntamiento de ______________. Expone que el día ______ formalicé, por escrito, con ese Ayuntamiento la concesión
administrativa sobre el puesto de venta número del mercado de abastos minorista sito en el c/ ___________________ del
municipio, puesto que se destina a la venta de los productos __________________________. De conformidad con lo dispuesto la
Ordenanza del mercado comunico al Ayuntamiento que el día _____________ se iniciará el ejercicio de la actividad de venta al
por menor en el indicado puesto.
En __________________, a _____ de ___________________ de 20__.
(Firma) Sr./a Alcalde/sa Presidente/a del Ayuntamiento de ________________________.
Nota indicativa.- Sin perjuicio del posible requerimiento de la documentación que proceda en el momento de la
comprobación, verificación o de la inspección de la actividad, se podrán identificar los documentos que se estimen
oportunos y la dependencia en las que se encuentren o, en su caso, aportar copia de dichos documentos con carácter
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