Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (04898/2024)
Bases de convocatoria para la provisión, por el sistema de comisión de servicio, del puesto número 771 de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Badajoz
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contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
3. La presentación de solicitudes podrá realizarse en el registro
general de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el
artículo 16.4 de la Ley 39/12015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Cuarta.- Lista provisional.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación dictará resolución,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos, así como la de excluidos y causas que han motivado su exclusión.
Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos, así como en la página web
municipal, pudiendo corregirse de oficio o a instancia de los interesados, en el plazo de diez días hábiles, cualquier error u
omisión de datos.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó su exclusión o no presenten reclamación
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso. No será
subsanable la presentación de la solicitud fuera del plazo establecido.
Quinta. - Lista definitiva y Comisión de Valoración.
1.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos,
así como en la página web municipal, resolución del Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporación, elevando a definitiva la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con la inclusión correspondiente como admitidos de aquellos que
fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones.
Los escritos presentados por los aspirantes para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión en la
relación provisional de admitidos y excluidos se entenderán contestadas con la publicación de la resolución por la que se
apruebe la lista definitiva de admitidos. Esta publicación servirá de notificación a los interesados.
En la resolución aprobatoria de la lista definitiva se determinará el lugar, día y hora en el que se constituirá la Comisión de
Valoración, así como la composición de ésta.
2.- La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros, sin perjuicio de que las comisiones de
valoración se adapten, en su caso, al resultado de la negociación llevada a cabo con las centrales sindicales en esta materia,
con anterioridad a la publicación de la lista definitiva de admitidos.
Presidente:
Un funcionario de la Corporación con titulación igual o superior al grupo del puesto objeto de
convocatoria.
Vocales:
Tres funcionarios de la Corporación con titulación igual o superior al grupo del puesto objeto
de convocatoria, elegidos por sorteo.
Secretario:
Un funcionario de Recursos Humanos, que actuará sólo con voz, pero sin voto, su labor se
ceñirá a dar fe pública.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
3. La presentación de solicitudes podrá realizarse en el registro
general de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el
artículo 16.4 de la Ley 39/12015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Cuarta.- Lista provisional.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación dictará resolución,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos, así como la de excluidos y causas que han motivado su exclusión.
Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos, así como en la página web
municipal, pudiendo corregirse de oficio o a instancia de los interesados, en el plazo de diez días hábiles, cualquier error u
omisión de datos.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó su exclusión o no presenten reclamación
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso. No será
subsanable la presentación de la solicitud fuera del plazo establecido.
Quinta. - Lista definitiva y Comisión de Valoración.
1.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos,
así como en la página web municipal, resolución del Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporación, elevando a definitiva la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con la inclusión correspondiente como admitidos de aquellos que
fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones.
Los escritos presentados por los aspirantes para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión en la
relación provisional de admitidos y excluidos se entenderán contestadas con la publicación de la resolución por la que se
apruebe la lista definitiva de admitidos. Esta publicación servirá de notificación a los interesados.
En la resolución aprobatoria de la lista definitiva se determinará el lugar, día y hora en el que se constituirá la Comisión de
Valoración, así como la composición de ésta.
2.- La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros, sin perjuicio de que las comisiones de
valoración se adapten, en su caso, al resultado de la negociación llevada a cabo con las centrales sindicales en esta materia,
con anterioridad a la publicación de la lista definitiva de admitidos.
Presidente:
Un funcionario de la Corporación con titulación igual o superior al grupo del puesto objeto de
convocatoria.
Vocales:
Tres funcionarios de la Corporación con titulación igual o superior al grupo del puesto objeto
de convocatoria, elegidos por sorteo.
Secretario:
Un funcionario de Recursos Humanos, que actuará sólo con voz, pero sin voto, su labor se
ceñirá a dar fe pública.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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