Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. (04735/2024)
Extracto de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Alconchel para la concesión de ayudas económicas para suministros mínimos vitales, ejercicio 2024
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Ayuntamiento de Alconchel
Anuncio 4735/2024
Tercero. Cuantía de la ayuda.
La cuantía máxima total destinada a las ayudas incluidas en esta convocatoria asciende a 10.717,82 euros e irá imputada a
los créditos consignados en la aplicación 920/48001 del presupuesto general del Ayuntamiento de Alconchel en prórroga.
La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los importes por anualidad y unidad de convivencia que
se establecen a continuación:
Hasta 2 miembros: 950,00 euros.
Entre 3 y 4 miembros: 1.100,00 euros.
5 o más miembros: 1.200,00 euros.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
Se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento; por
cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas o por medios electrónicos de conformidad con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015. La
convocatoria será abierta, por lo que el plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz hasta el 20 de diciembre de 2024.
Quinto. Otros datos. Deberán acompañarse a la solicitud, anexo I, los documentos que se detallan en la base cuarta.
Alconchel, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Óscar Díaz Hernández.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Tercero. Cuantía de la ayuda.
La cuantía máxima total destinada a las ayudas incluidas en esta convocatoria asciende a 10.717,82 euros e irá imputada a
los créditos consignados en la aplicación 920/48001 del presupuesto general del Ayuntamiento de Alconchel en prórroga.
La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los importes por anualidad y unidad de convivencia que
se establecen a continuación:
Hasta 2 miembros: 950,00 euros.
Entre 3 y 4 miembros: 1.100,00 euros.
5 o más miembros: 1.200,00 euros.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
Se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento; por
cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas o por medios electrónicos de conformidad con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015. La
convocatoria será abierta, por lo que el plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz hasta el 20 de diciembre de 2024.
Quinto. Otros datos. Deberán acompañarse a la solicitud, anexo I, los documentos que se detallan en la base cuarta.
Alconchel, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Óscar Díaz Hernández.
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