Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04831/2024)
Modificación de las bases reguladoras del procedimiento para la cobertura de dos plazas de Peón de Usos Múltiples en el Centro Especial de Empleo "San Matías" incluidas en el proceso de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Almendral

Anuncio 4831/2024

En caso de simultanearse ambas actividades en el mismo periodo de tiempo, sólo se puntuará una de ellas, la experiencia
más valorada según los apartados anteriores. a los efectos de valoración de los méritos, se precisa expresamente que, no
serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que aun siendo invocados, no sean debidamente obtenidos
y acreditados en el plazo de presentación de instancias por los solicitantes, mediante cualquiera de los medios autorizados
en derecho, sin que proceda requerimiento de subsanación posterior al efecto por parte de la administración, ya que el
número de los méritos alegables, en su caso, no son requisito imprescindible para la admisión del aspirante.
Todos los documentos presentados para el concurso de méritos deberán ser originales con código electrónico de
verificación, copia auténtica (obtenida ante los empleados públicos de registro al presentarla instancia) o copias
compulsadas.
Los cursos en los que no se acredite el número de horas y/o de créditos no se valorarán.
El concurso de méritos alegados no podrá superar en ningún caso la puntuación máxima de 20 puntos.
En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo al que más experiencia profesional posea.
De persistir el empate se procederá a desempatar con la máxima antigüedad en las administraciones públicas y de persistir
al que más formación específica posea.
Novena. Relación de aprobados, presentación de documentación y formalización del contrato.
Terminada la calificación y transcurrido el periodo de tres días, sin que hayan presentado alegaciones por los/as aspirantes
o, resueltas las mismas, el Tribunal Calificador publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Almendral, el nombre de los/as aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación total en función de la suma de
puntuaciones obtenidas, que se elevará al Sr. Alcalde para que proceda al objeto de formalizar la contratación y ocupar las
plazas en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que les sea notificado haber superado el proceso selectivo.
Los aspirantes propuestos, presentarán en el Ayuntamiento de Almendral, en el plazo de diez días naturales contados a
partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los
documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base
tercera. Y en concreto:
a) Fotocopia del DNI junto al original para su compulsa.
b) Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredite haber finalizado todos los
estudios para su finalización, junto al original para su compulsa.
c) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público,
incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a
su artículo 10 y en todas las que se dicten en su desarrollo.
d) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se
va a desempeñar en este Ayuntamiento y, en especial respecto a las actividades previstas en los artículos 11 y
12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas, y/o solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se
desarrollen al margen de este Ayuntamiento.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el
ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que opta. Los aspirantes propuestos que ostenten la
condición de empleados públicos, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos
ya acreditados.
En el caso de renuncia de cualquiera de los aspirantes propuestos se realizará nueva propuesta de nombramiento al
aspirante siguiente por orden de puntuación en el concurso de méritos.
Décima.- Recursos.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la actuación de esta y de la actuación del Tribunal,
podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma determinada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Frente a estas bases, los interesados podrán interponer potestativa y alternativamente los siguientes recursos: Recurso
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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