Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrefresneda. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04775/2024)
Convocatoria de plazas para estabilización del empleo temporal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Torrefresneda
Anuncio 4775/2024
Primero.- Convocar las pruebas selectivas para promover en turno libre mediante el sistema de concurso, las
plazas de las categorías, y en cada especialidades, que se han relacionada en los antecedentes de hechos, y
correspondiente a la ejecución de la oferta de empleo público del ejercicio 2022 y a los subgrupos de
titulación de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su
disposición transitoria tercera, comunicándolo a los organismos correspondientes que deben formar parte
del Tribunal a los efectos de que designen los miembros para formar parte del órgano de selección de la
referida convocatoria.
Segundo.- A la vista de la comunicación de los organismos correspondientes que deberán formar parte del
Tribunal, designar los miembros del órgano de selección, notificarles la resolución de designación, para su
conocimiento, y publicar la composición del Tribunal.
Tercero.- El proceso selectivo para el acceso a dichas categorías y especialidades se regirá por las bases
contenidas en la resolución de la Alcaldía de fecha 28 de diciembre de 2022 por la que se aprobaron las bases
por las que habrá de regirse el sistema selectivo de concurso de méritos de personal laboral correspondiente
a la oferta excepcional de empleo público de estabilización del empleo temporal enmarcada en la Ley
20/2021, de 28 de diciembre, de la Entidad Local Menor de Torrefresneda.
Cuarto.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
Se procurará, con carácter preferente, la utilización de los medios informáticos y telemáticos disponibles para
agilizar las convocatorias, y se adoptarán medidas concretas en orden a la reducción de cargas
administrativas.
Asimismo, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, en relación a las medidas de agilización de los procesos selectivos.
Los/las aspirantes deberán realizar la solicitud a través de la sede electrónica de la Entidad Local Menor de
Torrefresneda, https://sede.torrefresneda.es/, debiendo firmar y registrar la solicitud. Pudiendo, también,
realizar la solicitud personándose en las oficinas municipales, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Los/las aspirantes quedan vinculados/as a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada esta,
solo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la
presentación de solicitudes.
Quinto.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia, en la sede electrónica de la Entidad Local Menor de Torrefresneda, dirección
https://sede.torrefresneda.es/, así como un extracto de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se
indican a continuación:
1. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo
órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de la presente resolución, o
bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la
jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la
fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de la presente resolución,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA).
2. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo
ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución
del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).
3. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído
resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Primero.- Convocar las pruebas selectivas para promover en turno libre mediante el sistema de concurso, las
plazas de las categorías, y en cada especialidades, que se han relacionada en los antecedentes de hechos, y
correspondiente a la ejecución de la oferta de empleo público del ejercicio 2022 y a los subgrupos de
titulación de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su
disposición transitoria tercera, comunicándolo a los organismos correspondientes que deben formar parte
del Tribunal a los efectos de que designen los miembros para formar parte del órgano de selección de la
referida convocatoria.
Segundo.- A la vista de la comunicación de los organismos correspondientes que deberán formar parte del
Tribunal, designar los miembros del órgano de selección, notificarles la resolución de designación, para su
conocimiento, y publicar la composición del Tribunal.
Tercero.- El proceso selectivo para el acceso a dichas categorías y especialidades se regirá por las bases
contenidas en la resolución de la Alcaldía de fecha 28 de diciembre de 2022 por la que se aprobaron las bases
por las que habrá de regirse el sistema selectivo de concurso de méritos de personal laboral correspondiente
a la oferta excepcional de empleo público de estabilización del empleo temporal enmarcada en la Ley
20/2021, de 28 de diciembre, de la Entidad Local Menor de Torrefresneda.
Cuarto.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
Se procurará, con carácter preferente, la utilización de los medios informáticos y telemáticos disponibles para
agilizar las convocatorias, y se adoptarán medidas concretas en orden a la reducción de cargas
administrativas.
Asimismo, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, en relación a las medidas de agilización de los procesos selectivos.
Los/las aspirantes deberán realizar la solicitud a través de la sede electrónica de la Entidad Local Menor de
Torrefresneda, https://sede.torrefresneda.es/, debiendo firmar y registrar la solicitud. Pudiendo, también,
realizar la solicitud personándose en las oficinas municipales, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Los/las aspirantes quedan vinculados/as a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada esta,
solo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la
presentación de solicitudes.
Quinto.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia, en la sede electrónica de la Entidad Local Menor de Torrefresneda, dirección
https://sede.torrefresneda.es/, así como un extracto de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se
indican a continuación:
1. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo
órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de la presente resolución, o
bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la
jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la
fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de la presente resolución,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA).
2. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo
ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución
del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).
3. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído
resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa en el
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