Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (04795/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de doce plazas, vacantes de funcionarios/as, de Auxiliar de Administración General
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
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supuesto que la solicitud se presente a través de las oficinas de Correos deberá ir en sobre
abierto para ser fechada y sellada por el funcionario o funcionaria de Correos antes de ser
certificada. En todo caso requerirá su presentación en tiempo y forma.
4. Discapacidad.
Quienes opten por el turno de discapacidad deberán expresamente indicarlo en su instancia y aportar junto a
la misma certificado acreditativo expedido por la Administración competente de tener una discapacidad igual
o superior al 33%. En las instancias deberá manifestarse por cuál de los dos turnos («turno libre» o «turno
discapacidad») se opta. Las personas aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos. De no
hacerse constar nada al respecto se entenderá que se opta por el turno libre.
Las personas aspirantes con discapacidad, independientemente del turno por el que opten, y que precisen
adaptaciones para la realización de los ejercicios, deberán solicitarlo en la instancia concretando la adaptación
que precisen, en el caso de que esta sea necesaria. El Tribunal de selección, a la vista de las solicitudes
presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de
tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de
adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar
reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la
adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de las
personas aspirantes para las funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las
plazas objeto de las presentes bases. Asimismo, en su caso, la Administración podrá solicitar informe del
Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura, CADEX, u organismo equivalente que acredite la
compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas. Dicho
informe tendrá carácter no vinculante para la obtención del grado de «apto laboral» emitido por el Servicio de
Prevención y Salud en el reconocimiento médico previsto.
Quinta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada
la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la
Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La subsanación podrá realizarse por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la Diputación de
Badajoz se deberá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en el que se adjuntará la
documentación oportuna en función de la causa de exclusión:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1
(trámites ciudadanos y empresas / trámites por delegaciones / Recursos Humanos y Régimen Interior: subsanación de la
solicitud de admisión a pruebas selectivas).
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de las
personas aspirantes que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Así mismo, será publicará con la
debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de los ejercicios, y los componentes del Tribunal de Selección.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz, así como en la página web de la misma. A efectos de cómputo de plazos, regirá la
fecha de publicación del correspondiente anuncio en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación. Será
responsabilidad de cada persona aspirante, actuar con diligencia a la hora de consultar los diferentes medios de
información disponibles para hacer el seguimiento de la convocatoria.
Sexta.- Tribunal de Selección.
Estará integrado por cinco miembros (una Presidencia, tres vocalías y una Secretaría), designándose igual número de
suplentes. En la designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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supuesto que la solicitud se presente a través de las oficinas de Correos deberá ir en sobre
abierto para ser fechada y sellada por el funcionario o funcionaria de Correos antes de ser
certificada. En todo caso requerirá su presentación en tiempo y forma.
4. Discapacidad.
Quienes opten por el turno de discapacidad deberán expresamente indicarlo en su instancia y aportar junto a
la misma certificado acreditativo expedido por la Administración competente de tener una discapacidad igual
o superior al 33%. En las instancias deberá manifestarse por cuál de los dos turnos («turno libre» o «turno
discapacidad») se opta. Las personas aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos. De no
hacerse constar nada al respecto se entenderá que se opta por el turno libre.
Las personas aspirantes con discapacidad, independientemente del turno por el que opten, y que precisen
adaptaciones para la realización de los ejercicios, deberán solicitarlo en la instancia concretando la adaptación
que precisen, en el caso de que esta sea necesaria. El Tribunal de selección, a la vista de las solicitudes
presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de
tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de
adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar
reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la
adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de las
personas aspirantes para las funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las
plazas objeto de las presentes bases. Asimismo, en su caso, la Administración podrá solicitar informe del
Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura, CADEX, u organismo equivalente que acredite la
compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas. Dicho
informe tendrá carácter no vinculante para la obtención del grado de «apto laboral» emitido por el Servicio de
Prevención y Salud en el reconocimiento médico previsto.
Quinta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada
la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la
Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La subsanación podrá realizarse por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la Diputación de
Badajoz se deberá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en el que se adjuntará la
documentación oportuna en función de la causa de exclusión:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1
(trámites ciudadanos y empresas / trámites por delegaciones / Recursos Humanos y Régimen Interior: subsanación de la
solicitud de admisión a pruebas selectivas).
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de las
personas aspirantes que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Así mismo, será publicará con la
debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de los ejercicios, y los componentes del Tribunal de Selección.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz, así como en la página web de la misma. A efectos de cómputo de plazos, regirá la
fecha de publicación del correspondiente anuncio en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación. Será
responsabilidad de cada persona aspirante, actuar con diligencia a la hora de consultar los diferentes medios de
información disponibles para hacer el seguimiento de la convocatoria.
Sexta.- Tribunal de Selección.
Estará integrado por cinco miembros (una Presidencia, tres vocalías y una Secretaría), designándose igual número de
suplentes. En la designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
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