Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (04796/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de doce plazas vacantes de funcionarios/as, de Administrativo de Administración General
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 4796/2024
A la solicitud de admisión, únicamente se adjuntará la documentación que a continuación se indica:
- Liquidación de la tasa por derechos de examen, mediante el documento acreditativo de haber
realizado su abono (autoliquidación modelo 40) y/o documentos para la justificación, en su
caso, de la exención, bonificación (título de familia numerosa "categoría general") o situación de
desempleo (informe de vida laboral).
- Las personas que acrediten discapacidad, aportarán certificado acreditativo expedido por la
administración competente de tener una discapacidad igual o superior al 33%; y en el caso de
solicitar petición concreta de adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el
proceso selectivo, adjuntará el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico
competente de calificación del grado de discapacidad.
Cada documento que se adjunte a la solicitud, a través de la sede electrónica, necesariamente se nombrará
en mayúsculas, con los apellidos y nombre de la persona aspirante. El trámite finalizará con la emisión del
justificante de entrada en registro, siendo responsable la persona interesada de verificar presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección publicará anuncio concediendo a las personas
aspirantes que han superado dicha fase, un plazo de 10 días hábiles para presentar los documentos
acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso. En el caso de méritos que ya figuren en
el expediente personal, estos serán recabados de oficio por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior,
y aportados al Tribunal de Selección para su valoración.
La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma, en
su caso, se realizará por el canal electrónico, durante las 24 horas de todos los días del plazo establecido,
mediante el trámite habilitado al efecto a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en
la dirección https://sede.dip-badajoz.es/, de conformidad con el el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 9.1.f de la
Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la
Diputación de Badajoz. Las personas interesadas aportarán al expediente los documentos adicionales que
sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente
se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial de Badajoz podrá en
cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o solicitar
del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias
implica la autorización a la administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos. Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia
técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
4. Discapacidad.
Quienes opten por el turno de discapacidad deberán expresamente indicarlo en su instancia y aportar junto a
la misma certificado acreditativo expedido por la administración competente de tener una discapacidad igual
o superior al 33%. En las instancias deberá manifestarse por cuál de los 2 turnos («turno libre» o «turno
discapacidad») se opta. Las personas aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos. De no
hacerse constar nada al respecto se entenderá que se opta por el turno libre.
Las personas aspirantes con discapacidad, independientemente del turno por el que opten, y que precisen
adaptaciones para la realización de los ejercicios, deberán solicitarlo en la instancia concretando la adaptación
que precisen, en el caso de que esta sea necesaria. El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes
presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de
tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de
adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar
reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la
adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de las
personas aspirantes para las funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las
plazas objeto de las presentes bases. Asimismo, en su caso, la administración podrá solicitar informe del
Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura, CADEX, u organismo equivalente que acredite la
compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas. Dicho
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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A la solicitud de admisión, únicamente se adjuntará la documentación que a continuación se indica:
- Liquidación de la tasa por derechos de examen, mediante el documento acreditativo de haber
realizado su abono (autoliquidación modelo 40) y/o documentos para la justificación, en su
caso, de la exención, bonificación (título de familia numerosa "categoría general") o situación de
desempleo (informe de vida laboral).
- Las personas que acrediten discapacidad, aportarán certificado acreditativo expedido por la
administración competente de tener una discapacidad igual o superior al 33%; y en el caso de
solicitar petición concreta de adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el
proceso selectivo, adjuntará el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico
competente de calificación del grado de discapacidad.
Cada documento que se adjunte a la solicitud, a través de la sede electrónica, necesariamente se nombrará
en mayúsculas, con los apellidos y nombre de la persona aspirante. El trámite finalizará con la emisión del
justificante de entrada en registro, siendo responsable la persona interesada de verificar presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección publicará anuncio concediendo a las personas
aspirantes que han superado dicha fase, un plazo de 10 días hábiles para presentar los documentos
acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso. En el caso de méritos que ya figuren en
el expediente personal, estos serán recabados de oficio por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior,
y aportados al Tribunal de Selección para su valoración.
La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma, en
su caso, se realizará por el canal electrónico, durante las 24 horas de todos los días del plazo establecido,
mediante el trámite habilitado al efecto a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en
la dirección https://sede.dip-badajoz.es/, de conformidad con el el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 9.1.f de la
Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la
Diputación de Badajoz. Las personas interesadas aportarán al expediente los documentos adicionales que
sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente
se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial de Badajoz podrá en
cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o solicitar
del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias
implica la autorización a la administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos. Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia
técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
4. Discapacidad.
Quienes opten por el turno de discapacidad deberán expresamente indicarlo en su instancia y aportar junto a
la misma certificado acreditativo expedido por la administración competente de tener una discapacidad igual
o superior al 33%. En las instancias deberá manifestarse por cuál de los 2 turnos («turno libre» o «turno
discapacidad») se opta. Las personas aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos. De no
hacerse constar nada al respecto se entenderá que se opta por el turno libre.
Las personas aspirantes con discapacidad, independientemente del turno por el que opten, y que precisen
adaptaciones para la realización de los ejercicios, deberán solicitarlo en la instancia concretando la adaptación
que precisen, en el caso de que esta sea necesaria. El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes
presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de
tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de
adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar
reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la
adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de las
personas aspirantes para las funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las
plazas objeto de las presentes bases. Asimismo, en su caso, la administración podrá solicitar informe del
Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura, CADEX, u organismo equivalente que acredite la
compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas. Dicho
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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