Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04825/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de cuatro plazas vacantes de funcionarios/as de Ingeniero/a Técnico Industrial
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Servicio de Administración de Recursos Humanos
Badajoz
Anuncio 4825/2024
Bases de la convocatoria para la provisión de cuatro plazas vacantes de funcionarios/as de Ingeniero/a Técnico
Industrial
La Excma. Diputación Provincial de Badajoz, procede a la convocatoria pública de pruebas selectivas para proveer en
propiedad plazas vacantes, conforme a las siguientes bases:
Primera.- Objeto de la convocatoria.
La provisión por turno libre, mediante concurso-oposición de cuatro (4) plazas vacantes de funcionarios/as, de Ingeniero/a
Técnico/a Industrial encuadradas en la escala Especial, subescala Técnica, clase Media, grupo A, subgrupo A2, pertenecientes
a la oferta de empleo público de la Diputación de Badajoz y sus organismos autónomos, aprobada mediante resolución del
Presidente de fecha 7 de marzo de 2024 y publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 52, de fecha 14 de marzo
de 2024. Se distribuyen de la siguiente forma:
3 plazas para ser cubiertas por turno libre.
1 plaza para ser cubierta por turno de discapacidad, reservándose a personas con un grado de discapacidad igual o
superior al treinta y tres por ciento, o que tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4.2 del
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos
de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y que así lo justifiquen.
La reserva indicada para ser cubierta por personas con discapacidad, implica la necesidad de que la persona aspirante
supere las pruebas selectivas y que acredite el grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones correspondientes a las plazas convocadas. Deberá tener oficialmente reconocida la discapacidad con efectos
anteriores a la finalización del plazo de presentación de instancias y aportar junto con la misma certificado oficial que
acredite tal condición. Una vez cubierta las plazas del turno reservado a personas con discapacidad, las personas aspirantes
con discapacidad que no superen el proceso selectivo por dicho turno, resultando su puntuación obtenida superior a la
obtenida por otros/as aspirantes de acceso general, serán incluidas por su orden de puntuación en la relación de personas
aprobadas. Las plazas que queden desiertas del turno reservado para personas con discapacidad podrán acumularse al
resto de plazas convocadas para su cobertura por el turno de acceso libre.
Segunda.- Publicidad.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la
página web de la Diputación Provincial de Badajoz y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera.- Requisitos.
Las personas aspirantes deberán cumplir lo siguiente:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias del puesto. A estos efectos, conforme
establece el artículo 59.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se adoptarán
para las personas con la condición de discapacitada que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las
adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho
proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. En todo
caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de las personas aspirantes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Industrial
La Excma. Diputación Provincial de Badajoz, procede a la convocatoria pública de pruebas selectivas para proveer en
propiedad plazas vacantes, conforme a las siguientes bases:
Primera.- Objeto de la convocatoria.
La provisión por turno libre, mediante concurso-oposición de cuatro (4) plazas vacantes de funcionarios/as, de Ingeniero/a
Técnico/a Industrial encuadradas en la escala Especial, subescala Técnica, clase Media, grupo A, subgrupo A2, pertenecientes
a la oferta de empleo público de la Diputación de Badajoz y sus organismos autónomos, aprobada mediante resolución del
Presidente de fecha 7 de marzo de 2024 y publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 52, de fecha 14 de marzo
de 2024. Se distribuyen de la siguiente forma:
3 plazas para ser cubiertas por turno libre.
1 plaza para ser cubierta por turno de discapacidad, reservándose a personas con un grado de discapacidad igual o
superior al treinta y tres por ciento, o que tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4.2 del
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos
de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y que así lo justifiquen.
La reserva indicada para ser cubierta por personas con discapacidad, implica la necesidad de que la persona aspirante
supere las pruebas selectivas y que acredite el grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones correspondientes a las plazas convocadas. Deberá tener oficialmente reconocida la discapacidad con efectos
anteriores a la finalización del plazo de presentación de instancias y aportar junto con la misma certificado oficial que
acredite tal condición. Una vez cubierta las plazas del turno reservado a personas con discapacidad, las personas aspirantes
con discapacidad que no superen el proceso selectivo por dicho turno, resultando su puntuación obtenida superior a la
obtenida por otros/as aspirantes de acceso general, serán incluidas por su orden de puntuación en la relación de personas
aprobadas. Las plazas que queden desiertas del turno reservado para personas con discapacidad podrán acumularse al
resto de plazas convocadas para su cobertura por el turno de acceso libre.
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Tercera.- Requisitos.
Las personas aspirantes deberán cumplir lo siguiente:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias del puesto. A estos efectos, conforme
establece el artículo 59.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se adoptarán
para las personas con la condición de discapacitada que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las
adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho
proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. En todo
caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de las personas aspirantes.
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