Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04818/2024)
Bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso, para cubrir una plaza de Técnico de Educación infantil
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 4818/2024
Numerosa.
c) Las mujeres víctimas de violencia de género, entendiéndose como tal las que cumplan el artículo 79 de la
Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura.
d) Personas en situación de discapacidad igual o superior al 33% que aporten la tarjeta acreditativa del grado
de discapacidad expedida por la correspondiente comunidad autónoma.
4.5.- Las solicitudes se podrán presentar:
- Los/as interesados/as podrán presentar su solicitud a través de la sede electrónica municipal, siendo
necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el
DNI electrónico con los certificados activados (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/
y en http://dnielectronico.es, respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá, siguiendo las instrucciones que se le indiquen en pantalla, lo siguiente:
- La inscripción electrónica anexando formulario de inscripción.
- Anexar documentos a su solicitud.
- El registro electrónico de la solicitud.
- En soporte papel en el registro general del Ayuntamiento de Fuente del Maestre, en horario laboral, desde
las 9:00 horas hasta las 14:00 horas.
- En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común.
4.6.- La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
4.7.- Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
4.8.- Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios electrónico, y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
5. Admisión de aspirantes.
5.1.- Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y
cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes; y hayan abonado la correspondiente tasa. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la
presentación de los documentos correspondientes.
5.2.- Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano convocante dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos/as y excluidos/as y las causas de exclusión, en el plazo máximo de un mes. Este plazo podrá ser
prorrogado, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La resolución contendrá la relación nominal completa de aspirantes incluidos y excluidos, con indicación de las causas de
inadmisión, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de
extranjero, pasaporte o documento equivalente. Cuando la publicación se refiera a una pluralidad de afectados estas cifras
aleatorias deberán alternarse (disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales).
La resolución, que deberá publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fuente del Maestre y en la sede
electrónica, se concederá un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución,
para que las personas interesadas puedan presentar reclamaciones sobre su exclusión o para la subsanación de errores.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Numerosa.
c) Las mujeres víctimas de violencia de género, entendiéndose como tal las que cumplan el artículo 79 de la
Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura.
d) Personas en situación de discapacidad igual o superior al 33% que aporten la tarjeta acreditativa del grado
de discapacidad expedida por la correspondiente comunidad autónoma.
4.5.- Las solicitudes se podrán presentar:
- Los/as interesados/as podrán presentar su solicitud a través de la sede electrónica municipal, siendo
necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el
DNI electrónico con los certificados activados (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/
y en http://dnielectronico.es, respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá, siguiendo las instrucciones que se le indiquen en pantalla, lo siguiente:
- La inscripción electrónica anexando formulario de inscripción.
- Anexar documentos a su solicitud.
- El registro electrónico de la solicitud.
- En soporte papel en el registro general del Ayuntamiento de Fuente del Maestre, en horario laboral, desde
las 9:00 horas hasta las 14:00 horas.
- En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común.
4.6.- La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
4.7.- Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
4.8.- Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios electrónico, y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
5. Admisión de aspirantes.
5.1.- Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y
cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes; y hayan abonado la correspondiente tasa. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la
presentación de los documentos correspondientes.
5.2.- Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano convocante dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos/as y excluidos/as y las causas de exclusión, en el plazo máximo de un mes. Este plazo podrá ser
prorrogado, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La resolución contendrá la relación nominal completa de aspirantes incluidos y excluidos, con indicación de las causas de
inadmisión, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de
extranjero, pasaporte o documento equivalente. Cuando la publicación se refiera a una pluralidad de afectados estas cifras
aleatorias deberán alternarse (disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales).
La resolución, que deberá publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fuente del Maestre y en la sede
electrónica, se concederá un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución,
para que las personas interesadas puedan presentar reclamaciones sobre su exclusión o para la subsanación de errores.
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