Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Usagre. (04765/2024)
Bases de la convocatoria para la selección en régimen de interinidad de una plaza de Secretaría-Intervención
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Ayuntamiento de Usagre
Anuncio 4765/2024
que reúnen todas las condiciones exigidas en la base segunda, se presentarán en el registro general del
Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 10 días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de
la Provincia.
4.2. Las instancias deberán ir acompañadas de copia auténtica de la siguiente documentación:
a) Copia del DNI.
b) Copia de la titulación exigida.
c) Copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados por los aspirantes.
4.3. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación de la lista provisional
de admitidos y excluidos, que se someterá a información pública, junto con la composición del Tribunal de
Selección, mediante la publicación del correspondiente anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en la sede electrónica, otorgándose un plazo para reclamaciones de 5 días hábiles.
4.4. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de
aspirantes y del Tribunal de Selección, que se publicará asimismo en el tablón de anuncios y en la sede
electrónica, con indicación del lugar y hora de celebración de las pruebas, debiendo transcurrir al menos
cuarenta y ocho horas entre dicha publicación y la celebración de las mismas.
5. Procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes, concurso-oposición, constará de las siguientes fases.
5.1. Fase de oposición.
5.1.1. Consistirá en la celebración de una prueba práctica, que versará sobre el temario que
figura en el anexo I de la presente convocatoria, por la que se convocan pruebas selectivas para
el acceso libre a la subescala de Secretaría-Intervención de la escala de funcionarios de
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
5.1.2. El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los/as aspirantes que no
alcancen en el ejercicio la puntuación mínima que se establece en el apartado 5.1.3.
En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los/as aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento
único. Perderán el derecho a participar en el proceso selectivo a los aspirantes que no
comparezcan en los ejercicios el día y hora señalados, salvo en los casos de fuerza mayor,
libremente valorados por el órgano de selección, justificados documentalmente dentro del
plazo de las 24 horas siguientes.
Si se admite la causa de justificación, el/la aspirante será nuevamente convocado en
llamamiento único para la realización de la prueba selectiva para la fecha que determine el
órgano de selección.
5.1.3. Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que el Tribunal señale de uno o
más supuestos prácticos, que será propuesto por el Tribunal en el momento previo a la
celebración del examen, relacionados con las materias objeto del puesto de trabajo y conforme
al temario completo que figura en las presentes bases.
Se pueden utilizar los textos legales que el aspirante considere necesario a excepción de
aquellos que estén comentados o contengan formularios.
En la calificación de este ejercicio el Tribunal valorará la capacidad y formación general, la
claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita y será
calificado por el Tribunal de 0 a 10 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no
hayan obtenido una puntuación mínima de 5 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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que reúnen todas las condiciones exigidas en la base segunda, se presentarán en el registro general del
Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 10 días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de
la Provincia.
4.2. Las instancias deberán ir acompañadas de copia auténtica de la siguiente documentación:
a) Copia del DNI.
b) Copia de la titulación exigida.
c) Copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados por los aspirantes.
4.3. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación de la lista provisional
de admitidos y excluidos, que se someterá a información pública, junto con la composición del Tribunal de
Selección, mediante la publicación del correspondiente anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en la sede electrónica, otorgándose un plazo para reclamaciones de 5 días hábiles.
4.4. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de
aspirantes y del Tribunal de Selección, que se publicará asimismo en el tablón de anuncios y en la sede
electrónica, con indicación del lugar y hora de celebración de las pruebas, debiendo transcurrir al menos
cuarenta y ocho horas entre dicha publicación y la celebración de las mismas.
5. Procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes, concurso-oposición, constará de las siguientes fases.
5.1. Fase de oposición.
5.1.1. Consistirá en la celebración de una prueba práctica, que versará sobre el temario que
figura en el anexo I de la presente convocatoria, por la que se convocan pruebas selectivas para
el acceso libre a la subescala de Secretaría-Intervención de la escala de funcionarios de
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
5.1.2. El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los/as aspirantes que no
alcancen en el ejercicio la puntuación mínima que se establece en el apartado 5.1.3.
En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los/as aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento
único. Perderán el derecho a participar en el proceso selectivo a los aspirantes que no
comparezcan en los ejercicios el día y hora señalados, salvo en los casos de fuerza mayor,
libremente valorados por el órgano de selección, justificados documentalmente dentro del
plazo de las 24 horas siguientes.
Si se admite la causa de justificación, el/la aspirante será nuevamente convocado en
llamamiento único para la realización de la prueba selectiva para la fecha que determine el
órgano de selección.
5.1.3. Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que el Tribunal señale de uno o
más supuestos prácticos, que será propuesto por el Tribunal en el momento previo a la
celebración del examen, relacionados con las materias objeto del puesto de trabajo y conforme
al temario completo que figura en las presentes bases.
Se pueden utilizar los textos legales que el aspirante considere necesario a excepción de
aquellos que estén comentados o contengan formularios.
En la calificación de este ejercicio el Tribunal valorará la capacidad y formación general, la
claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita y será
calificado por el Tribunal de 0 a 10 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no
hayan obtenido una puntuación mínima de 5 puntos.
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