Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04745/2024)
Bases reguladoras de la concesión de ayudas por nacimiento o adopción y conciliación
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Ayuntamiento de Almendral

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artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Duodécima.- Incumplimiento y reintegro.
Los incumplimientos de las personas beneficiarias de las ayudas, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, darán lugar a la cancelación de la ayuda. Asimismo, según el caso, dará lugar además,
al reintegro total de la cantidad percibida, con los intereses de demora correspondientes, en su caso. La obtención
fraudulenta de la ayuda, será causa de revocación de la concesión procediendo, en todo caso, el reintegro de la cantidad
concedida y los intereses de demora correspondientes.
Decimotercera.- Régimen sancionador.
Las infracciones administrativas en materia de subvenciones tipificadas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, serán sancionables conforme a lo previsto en la misma.
DISPOSICIÓN FINAL
Las presentes bases producirán efectos una vez publicadas en el Boletín Oficial de la Provincial.
En Almendral, a fecha de la firma digital.- El Secretario accidental, José Vicente Gamero Cebrián.- El Alcalde-Presidente, Juan
Francisco Torrescusa Moreno.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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