Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. (04738/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Barcarrota Turismo"
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Ayuntamiento de Barcarrota
Anuncio 4738/2024
a) Régimen jurídico.- En lo no establecido en el presente Reglamento interno, se estará a lo dispuesto en la
legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del organismo autónomo del Servicio Extremeño
Público de Empleo, y demás aplicable.
b) Jurisdicción competente.- La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca de las cuestiones que
conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la entidad promotora y las
alumnas/trabajadoras, así como entre esta y los integrantes del equipo formativo.
c) Entrada en vigor.- El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado íntegramente por
el Equipo Técnico y Docente, el alumnado y la Entidad Promotora.
d) Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa formativo, todo ello sin perjuicio de las
disposiciones legales aplicables.
En Barcarrota, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Miguel Rodríguez Agudo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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a) Régimen jurídico.- En lo no establecido en el presente Reglamento interno, se estará a lo dispuesto en la
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Público de Empleo, y demás aplicable.
b) Jurisdicción competente.- La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca de las cuestiones que
conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la entidad promotora y las
alumnas/trabajadoras, así como entre esta y los integrantes del equipo formativo.
c) Entrada en vigor.- El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado íntegramente por
el Equipo Técnico y Docente, el alumnado y la Entidad Promotora.
d) Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa formativo, todo ello sin perjuicio de las
disposiciones legales aplicables.
En Barcarrota, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Miguel Rodríguez Agudo.
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