Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04682/2024)
Bases para la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de Jefatura Servicio Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Área de Recursos Humanos y Régimen interior
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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Cuarta.
1. Además de los datos personales, las personas aspirantes adjuntarán a la solicitud su currículum vitae
firmado electrónicamente, haciendo constar títulos académicos, años de servicios, puestos de trabajo
desempeñados en la administración, estudios y cursos realizados, y otros méritos que estimen oportuno
poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran
desempeñando.
2. Para la acreditación de cada uno de los requisitos y méritos que se aleguen expresamente en la solicitud y
en el currículum vitae, el personal funcionario perteneciente a la Corporación Provincial se remitirá
expresamente al expediente personal que obra en el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. El
personal funcionario proveniente de otras administraciones públicas, lo acreditarán mediante documentación
original o compulsada aportada en el momento de la entrevista a la que se refiere la base sexta de la
convocatoria.
Quinta.
Las personas aspirantes tendrán que presentar, además, en el momento de la entrevista memoria firmada
electrónicamente en la que incluirá los objetivos que pretende cumplir, las mejoras que pretende incorporar al área
correspondiente y la metodología para alcanzar ambos.
Sexta.
El respectivo Sr/a. Diputado/a Delegado/a o, en su caso, el titular del centro, organismo o unidad a la que figure adscrito el
puesto de trabajo convocado, elevará informe-propuesta al Presidente de la Diputación sobre la concurrencia en las
personas aspirantes de los aspectos de méritos y capacidad en relación a los puestos objeto de la convocatoria, en base al
currículum vitae presentado y al expediente personal o a la documentación aportada por estos, en su caso, así como sobre
la apreciación discrecional de la idoneidad que pudiera concurrir en aquellos en base a entrevista personal con ellos.
La fecha, lugar y hora de la entrevista se publicará en la Oficina de Atención a la Ciudadanía con antelación de al menos 2
días hábiles conteniendo además relación de participantes convocados a ella.
La entrevista versará sobre aspectos que permitan apreciar las habilidades y aptitudes de los participantes para el
desempeño de las funciones directivas de los puestos objeto de la convocatoria y en general, sobre todos aquellos aspectos
que permitan evaluar la idoneidad del candidato para el puesto.
La no presentación del participante a la entrevista comportará su eliminación en el proceso de provisión.
En dicho proceso el Sr/a. Diputado/a Delegado/a o, en su caso, el titular del centro, organismo o unidad a la que figure
adscrito el puesto de trabajo convocado, podrá recabar cuántos informes estime oportunos de las diferentes áreas que
formen parte de la Corporación Provincial en las cuales vaya a desarrollar su labor el puesto objeto de convocatoria, así
como de asistirse del asesoramiento que considere conveniente.
Séptima.
La designación se hará por la Presidencia de la Corporación Provincial en el plazo máximo de 2 meses contados desde la
finalización del plazo de presentación de solicitudes, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 del decreto 43/1996, que
regula el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La resolución de nombramiento se motivará con referencia al cumplimiento por parte de los candidatos/as elegidos de los
requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, y la competencia para proceder al mismo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del decreto 43/1996, citado, el/los puesto/s convocados podrán quedar
desiertos, si no concurren aspirantes idóneos, según informe motivado del centro directivo o dependencia de destino,
aunque existan aspirantes que reúnan las condiciones y requisitos para el desempeño del puesto.
Octava.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambios de residencia del
funcionario/a, o de 10 días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá justificarse.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
3 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de esta convocatoria. Si la resolución comporta el reingreso al
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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