Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral “Sierra Suroeste” (Jerez de los Caballeros). Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04689/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento interno de la Comisión Negociadora del I Plan de Igualdad
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Mancomunidad Integral “Sierra Suroeste”
Anuncio 4689/2024
La Comisión Negociadora del Plan de Igualdad de la Mancomunidad constituida el día 3 de junio de 2024, estando la misma
formada por 6 miembros: 3 representantes de la Mancomunidad y 3 representantes de los trabajadores y trabajadoras.
2.1.- Composición de la Comisión Negociadora.
La Comisión Negociadora del Diagnóstico y del Plan de Igualdad estará constituida por las siguientes personas:
◦ De una parte, como representación de la Mancomunidad Integral Sierra Suroeste:
Don Abel Caro Díaz (Alcalde del Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros).
Doña Manuela Borrachero Carrasco (Alcaldesa del Ayuntamiento del Valle de -Matamoros).
Don Miguel Francisco Martínez Víbora (Secretario-Interventor de la Mancomunidad Integral).
◦ De otra parte, como representación legal de las personas trabajadoras:
Don Salvador Sánchez Pérez (CCOO).
Doña Macarena Granado Adame (CCOO).
Doña Ana María Plaza González (CCOO).
Cada titular podrá tener una persona suplente para poder asistir a las reuniones.
Cada una de las partes podrá contar con el apoyo y asesoramiento externo especializado en materia de igualdad entre
hombres y mujeres en el ámbito laboral (uno o varios asesores por cada organización sindical) que intervendrán con voz,
pero sin voto.
◦ Asesores por parte de CCOO:
Doña M.ª José Gutiérrez, asesora del Gabinete de Igualdad de CCOO de Extremadura.
Doña M.ª Jesús Macarro Carrillo, representante de FSC-CCOO Extremadura.
◦ Asesores por parte de la Mancomunidad Integral Sierra Suroeste:
Don José Félix González González (Tec. Supr. PRL Especialista en Ergonomía y Psicosociología Aplicada. Técnico en
Igualdad.)
Doña María Cruz Cordón Galván (Técnica Oficina de Igualdad y Contra la Violencia de Género).
2.2.- Sustitución de las personas que integran la Comisión Negociadora.
Las personas que integren la Comisión Negociadora serán sustituidas en caso de vacancia, ausencia, dimisión, finalización
del mandato o que le sea retirado por las personas que las designaron, por imposibilidad o causa justificada.
Las personas que dejen de formar parte de la Comisión Negociadora y que representen a la Mancomunidad serán
reemplazadas por esta, y si representan a la plantilla serán reemplazadas por el órgano de representación legal y/o sindical
de la plantilla de conformidad con su régimen de funcionamiento interno.
En el supuesto de sustitución se formalizará por escrito la fecha de la sustitución y motivo, indicando nombre, apellidos, DNI
y cargo tanto de la persona saliente, como de la entrante. El documento se anexará al acta constitutiva de la Comisión
Negociadora.
En caso de ausencia justificada, de cualquiera de las personas que integren la Comisión Negociadora, el voto podrá ser
delegado en otro miembro de la misma. Dicha delegación deberá realizarse por escrito (firmada por la persona delegante y
delegada) con indicación de la sesión y persona en la que se delega; y entregada al Secretario/a de la misma con
anterioridad al inicio de la Sesión de la Comisión Negociadora.
Artículo 3.- Funciones de la Comisión Negociadora.
Las partes negociadoras acuerdan que la Comisión tendrá las siguientes competencias:
Negociación y elaboración del diagnóstico y de las medidas que integrarán el Plan de Igualdad.
Elaboración del informe de los resultados del diagnóstico.
Identificación de las medidas prioritarias, a la luz del diagnóstico, su ámbito de aplicación, los medios materiales y
humanos necesarios para su implantación, así como las personas u órganos responsables, incluyendo un
cronograma de actuaciones.
Impulso de la implantación del Plan de Igualdad en la Mancomunidad Integral.
Definición de los indicadores de medición y los instrumentos de recogida de información necesarios para realizar el
seguimiento y evaluación del grado de cumplimiento de las medidas del Plan de Igualdad implantadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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La Comisión Negociadora del Plan de Igualdad de la Mancomunidad constituida el día 3 de junio de 2024, estando la misma
formada por 6 miembros: 3 representantes de la Mancomunidad y 3 representantes de los trabajadores y trabajadoras.
2.1.- Composición de la Comisión Negociadora.
La Comisión Negociadora del Diagnóstico y del Plan de Igualdad estará constituida por las siguientes personas:
◦ De una parte, como representación de la Mancomunidad Integral Sierra Suroeste:
Don Abel Caro Díaz (Alcalde del Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros).
Doña Manuela Borrachero Carrasco (Alcaldesa del Ayuntamiento del Valle de -Matamoros).
Don Miguel Francisco Martínez Víbora (Secretario-Interventor de la Mancomunidad Integral).
◦ De otra parte, como representación legal de las personas trabajadoras:
Don Salvador Sánchez Pérez (CCOO).
Doña Macarena Granado Adame (CCOO).
Doña Ana María Plaza González (CCOO).
Cada titular podrá tener una persona suplente para poder asistir a las reuniones.
Cada una de las partes podrá contar con el apoyo y asesoramiento externo especializado en materia de igualdad entre
hombres y mujeres en el ámbito laboral (uno o varios asesores por cada organización sindical) que intervendrán con voz,
pero sin voto.
◦ Asesores por parte de CCOO:
Doña M.ª José Gutiérrez, asesora del Gabinete de Igualdad de CCOO de Extremadura.
Doña M.ª Jesús Macarro Carrillo, representante de FSC-CCOO Extremadura.
◦ Asesores por parte de la Mancomunidad Integral Sierra Suroeste:
Don José Félix González González (Tec. Supr. PRL Especialista en Ergonomía y Psicosociología Aplicada. Técnico en
Igualdad.)
Doña María Cruz Cordón Galván (Técnica Oficina de Igualdad y Contra la Violencia de Género).
2.2.- Sustitución de las personas que integran la Comisión Negociadora.
Las personas que integren la Comisión Negociadora serán sustituidas en caso de vacancia, ausencia, dimisión, finalización
del mandato o que le sea retirado por las personas que las designaron, por imposibilidad o causa justificada.
Las personas que dejen de formar parte de la Comisión Negociadora y que representen a la Mancomunidad serán
reemplazadas por esta, y si representan a la plantilla serán reemplazadas por el órgano de representación legal y/o sindical
de la plantilla de conformidad con su régimen de funcionamiento interno.
En el supuesto de sustitución se formalizará por escrito la fecha de la sustitución y motivo, indicando nombre, apellidos, DNI
y cargo tanto de la persona saliente, como de la entrante. El documento se anexará al acta constitutiva de la Comisión
Negociadora.
En caso de ausencia justificada, de cualquiera de las personas que integren la Comisión Negociadora, el voto podrá ser
delegado en otro miembro de la misma. Dicha delegación deberá realizarse por escrito (firmada por la persona delegante y
delegada) con indicación de la sesión y persona en la que se delega; y entregada al Secretario/a de la misma con
anterioridad al inicio de la Sesión de la Comisión Negociadora.
Artículo 3.- Funciones de la Comisión Negociadora.
Las partes negociadoras acuerdan que la Comisión tendrá las siguientes competencias:
Negociación y elaboración del diagnóstico y de las medidas que integrarán el Plan de Igualdad.
Elaboración del informe de los resultados del diagnóstico.
Identificación de las medidas prioritarias, a la luz del diagnóstico, su ámbito de aplicación, los medios materiales y
humanos necesarios para su implantación, así como las personas u órganos responsables, incluyendo un
cronograma de actuaciones.
Impulso de la implantación del Plan de Igualdad en la Mancomunidad Integral.
Definición de los indicadores de medición y los instrumentos de recogida de información necesarios para realizar el
seguimiento y evaluación del grado de cumplimiento de las medidas del Plan de Igualdad implantadas.
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