Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (04575/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición libre, dos plazas de Guía de Museos
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Ayuntamiento de Badajoz

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9. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que
alguno de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la
categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará
conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del
interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte
la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando condicionadamente en el proceso
selectivo.
Séptima.- Desarrollo de la convocatoria.
1. El sistema de selección será el de oposición libre, la cual constará de las siguientes fases, todas ellas obligatorias y
eliminatorias:
◦ Primera fase: Se compondrá de los siguientes ejercicios, los cuales serán obligatorios y eliminatorios.
1. Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de 60 minutos, a un cuestionario tipo
test de 40 preguntas más 10 adicionales como reserva, con cuatro opciones de respuesta,
siendo únicamente una de ellas correcta, relacionadas con el temario recogido en el anexo I.
El cuestionario que se proponga contendrá diez preguntas adicionales como reservas, las
cuales sustituirán, siguiendo el mismo orden en el que estén planteadas, a las preguntas que,
en su caso, pudieran ser objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán impugnar preguntas o
reclamar contra las respuestas dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal
Calificador en un plazo de cinco días hábiles a partir de la publicación de la plantilla de
respuestas en la página del Ayuntamiento de Badajoz. Si el Tribunal Calificador estimara alguna
de las reclamaciones, se publicará una nueva plantilla de respuestas en dicha web antes de la
publicación del listado de aspirantes que superen la prueba.
2. Segundo ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de 60 minutos, a un cuestionario tipo
test teórico-práctico de 30 preguntas más 10 adicionales como reserva, con cuatro opciones de
respuesta, siendo únicamente una de ellas correcta, relacionadas con el temario específico
recogido en el anexo I.
El cuestionario que se proponga contendrá diez preguntas adicionales como reservas, las
cuales sustituirán, siguiendo el mismo orden en el que estén planteadas, a las preguntas que,
en su caso, pudieran ser objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo a esta convocatoria.
En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
◦ Segunda fase: Prueba médica.
Esta prueba tiene como objetivo garantizar la idoneidad física de las personas aspirantes para el ejercicio de
las funciones a desempeñar, y se realizará por el mismo número de aspirantes que plazas haya disponibles
para cubrir, y que, a su vez, hayan superado la primera fase del proceso selectivo por orden de mayor
puntuación.
Las pruebas médicas serán realizadas por los Servicios Médicos del Ayuntamiento de Badajoz, una vez
superada la primera fase.
La realización del reconocimiento médico implica el consentimiento de los/as aspirantes para que los
resultados del mismo sean puestos a disposición del Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de
fundamento para la evaluación y calificación de las mismas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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