Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (04550/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Pintamos Granja"
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Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa

Anuncio 4550/2024

falta de puntualidad todo retraso superior a 10 minutos.
- Una falta de asistencia sin causa justificada.
- El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
- El descuido en la conservación de las instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales, así
como del vestuario y equipos de protección individual entregados.
- La falta de interés o aprovechamiento en el ejercicio de las tareas encomendadas.
- La incorrección leve en el trato o falta de respeto con cualquiera de las personas que
participan en el programa directa o indirectamente.
- La no presentación en tiempo oportuno (3 días) de los justificantes de las faltas al trabajo, a
no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
- En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido inexcusable.
B) Faltas graves:
- Más de 3 faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes.
- El incumplimiento culpable de las órdenes impartidas por los superiores en el ejercicio de su
trabajo, del que se derive perjuicio grave para el servicio.
- La inobservancia de las normas de seguridad e higiene en el trabajo establecidas.
- La simulación de enfermedad o accidente.
- El consumo de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo y/o los manifiestos síntomas de
intoxicación, que repercutan negativamente en el mismo.
- La reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria, herramientas o
materiales.
- La reincidencia en la comisión de faltas leves, hasta 4 dentro de un mismo trimestre, aunque
sean de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de amonestación expresa.
C) Faltas muy graves:
- Más de 6 faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes.
- Más de 4 faltas de asistencia sin causa justificada en el plazo de un mes.
- La manifiesta insubordinación, comportamiento inadecuado o notoria falta de rendimiento en
el cumplimiento de sus obligaciones.
- Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos de importancia en
instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales y, en general, cualquier conducta
constitutiva de delito doloso.
- El consumo habitual de alcohol o drogas que repercuta gravemente en el trabajo.
- El maltrato verbal o físico, o la falta grave de respeto y consideración en la persona de un
compañero, del personal al servicio del Proyecto Colaborativo Rural, entidad promotora,
personal municipal, usuarios y personal del SEXPE.
- La reincidencia en la comisión de faltas graves, hasta 2 en el periodo de un 6 meses, aunque
sean de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de sanción.

SANCIONES
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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