Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Nava de Santiago. Organismo Autónomo de Restauración de la Legalidad Urbanística (RESTAURA) (Badajoz). (04501/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "Ateneo"
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Ayuntamiento de La Nava de Santiago

Anuncio 4501/2024

a) Consulta médica: Los trabajadores/as tendrán derecho a acudir a vista del médico de
cabecera o del médico especialista de la Seguridad Social exclusivamente, ausencia que se
justificará mediante justificante expedido, firmado y sellado por el médico correspondiente, en
el figurarán las horas de ausencia.
b) Matrimonio: 15 días naturales, a contar desde el día siguiente al del matrimonio.
c) Nacimiento de hijos: 2 días. En el caso de tener que realizar desplazamientos de su domicilio,
el plazo será de 4 días.
d) La enfermedad grave, accidente, hospitalización o el fallecimiento de parientes hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad proporciona al trabajador el derecho a
ausentarse del trabajo durante 2 días. Cuando se necesite hacer un desplazamiento al efecto,
el plazo será de 4 días. Los parientes comprendidos en este supuesto son tanto los del propio
trabajador (por consanguinidad) como los del cónyuge (por afinidad). Se consideran parientes
de primer grado: Padres e hijos, y de segundo grado: Nietos, abuelos y hermanos.
e) Traslado del domicilio: 1 día de permiso retribuido.
f) Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público.
g) Renovación del DNI o carné de conducir: El tiempo necesario que ha de figurar en los
justificantes de ausencia firmados por los funcionarios de la oficina a la que se acude. Se
especificará hora de llegada y salida.
h) Ejercicio de derecho al voto-sufragio activo si este se produce en un día laborable.
i) Los presidentes, vocales de las mesas electorales y los interventores de las candidaturas
tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es
laborable y a una reducción de jornada de 5 horas, igualmente retribuidas, al día siguiente.
j) Los apoderados de los representantes de las candidaturas: Tienen derecho a un permiso
retribuido el día de la votación, si es laborable.
k) Lactancia de un hijo menor de 9 meses: Una hora de ausencia al trabajo que supondrá dividir
en 2 fracciones: Con la misma finalidad, la madre puede sustituir este derecho por una
reducción de la jornada de media hora. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por
la madre o por el padre en caso de que ambos trabajen.
l) Exámenes: El trabajador tendrá derecho a disfrute de los permisos necesarios para concurrir
a exámenes finales en centros oficiales.
m) Permiso de maternidad: Se tiene derecho a un permiso de 16 semanas ininterrumpidas,
ampliables en el supuesto de parto múltiple en 2 semanas más para cada hijo a partir del
segundo. El periodo de permiso se distribuirá a elección de la interesada. Sin embargo, es
obligatorio un descanso mínimo de 6 semanas tras el parto.
n) Permiso de paternidad: Se tiene derecho a un permiso de 16 semanas ininterrumpidas,
ampliables en el supuesto de parto múltiple en 2 semanas más para cada hijo a partir del
segundo.
o) Adopción y acogimiento: Por adopción y acogimiento de un menor se tiene derecho a un
permiso de 16 semanas desde la decisión administrativa o judicial, siempre que el adoptado
sea menor de 6 años.

10. Suspensión y extinción del contrato de trabajo.
10.1. Extinción del contrato por causas objetivas.
El contrato podrá extinguirse:
a) Por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación
efectiva en la empresa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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