Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo. Escuela de Formación Local e Innovación (Badajoz). (04382/2024)
Decreto por el que se aprueba la convocatoria, bases y acciones formativas del Plan de formación propia del segundo trimestre del 2024
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Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo
Anuncio 4382/2024
Primera: Objetivos generales.
Los objetivos generales del Plan de Formación 2024 (segundo semestre) son los siguientes:
La capacitación técnica y profesional, con carácter general, para la mejora de los servicios que se prestan a la
ciudadanía.
Incrementar los niveles de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de los servicios a la ciudadanía.
Promover el desarrollo integral del personal al servicio de la administración desde los ámbitos personal y
profesional.
Contribuir a elevar el nivel de motivación del personal de la Administración Local.
Favorecer la innovación de la Administración Local de la provincia.
Favorecer la igualdad de oportunidades.
Segunda: Modalidades de formación.
Los cursos que integran el Plan de Formación podrán ser presénciales, semipresenciales y online.
Los cursos online y los semipresenciales requieren un puesto informático y conexión a internet que no es facilitada por la
Escuela de Formación Local e Innovación de la Diputación de Badajoz.
Asimismo, los cursos online y semipresenciales sobre aplicaciones informáticas, o que contengan entre sus contenidos el
uso de estas, requerirán, por parte del participante, su instalación previa en el equipo informático que se utilizará para el
curso.
Tercera: Lugar de impartición.
Las acciones formativas presenciales y semipresenciales podrán realizarse en las aulas que dispone la Escuela de Formación
Local e Innovación en Badajoz (c/ Godofredo Ortega y Muñoz), en los centros integrales de la Diputación, o en cualesquiera
otros espacios de formación públicos o privados acordes a los requerimientos de cada uno de los contenidos, y de mayor
cercanía para el personal asistente.
Cuarta: Equipo docente.
La Escuela de Formación Local e Innovación cuenta habitualmente con profesorado que presta servicios en la
Administración Local, con experiencia profesional y docente, así como con expertos/as de otras administraciones públicas,
instituciones o empresas que acrediten su solvencia técnica en la materia a impartir.
Quinta: Participantes.
Podrá participar en los cursos integrantes del Plan, el personal de las administraciones locales de la provincia de Badajoz,
que reúna los requisitos de participación que se indiquen en cada una de las acciones formativas.
Sexta: Solicitudes: Plazo y tramitación.
Solo se podrá realizar una solicitud de acciones formativas desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria
en el BOP hasta 18 de octubre de 2024.
Dicha solicitud podrá contener un máximo 5 acciones formativas.
No se admitirán modificaciones de una solicitud ya presentada salvo en el supuesto de cambio de puesto de trabajo de la
persona solicitante, en cuyo caso, aquella se realizará previa autorización al Negociado de Formación, a través del correo
electrónico negociado.formacion@dip-badajoz.es.
Una vez remitida la solicitud, la misma pasa a el/la validador/a (responsable del solicitante) para su autorización, y tras esta a
la Escuela de Formación. Si el/la validadora no la aceptara o rechazará en el plazo de 15 días, se entenderá autorizada por
silencio administrativo.
La selección de los alumnos/as por la Escuela de Formación, para una acción formativa, se cerrará 15 días antes del
comienzo de la misma.
Las solicitudes de participación en acciones formativas integradas en el siguiente Plan deben realizarse por medios
telemáticos como se indica a continuación:
a) Personal de Diputación de Badajoz, OO.AA., PROMEDIO y CPEI (en adelante Diputación de Badajoz).
El personal de la Diputación podrá solicitar las acciones formativas disponibles en el "portal del empleado", y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Primera: Objetivos generales.
Los objetivos generales del Plan de Formación 2024 (segundo semestre) son los siguientes:
La capacitación técnica y profesional, con carácter general, para la mejora de los servicios que se prestan a la
ciudadanía.
Incrementar los niveles de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de los servicios a la ciudadanía.
Promover el desarrollo integral del personal al servicio de la administración desde los ámbitos personal y
profesional.
Contribuir a elevar el nivel de motivación del personal de la Administración Local.
Favorecer la innovación de la Administración Local de la provincia.
Favorecer la igualdad de oportunidades.
Segunda: Modalidades de formación.
Los cursos que integran el Plan de Formación podrán ser presénciales, semipresenciales y online.
Los cursos online y los semipresenciales requieren un puesto informático y conexión a internet que no es facilitada por la
Escuela de Formación Local e Innovación de la Diputación de Badajoz.
Asimismo, los cursos online y semipresenciales sobre aplicaciones informáticas, o que contengan entre sus contenidos el
uso de estas, requerirán, por parte del participante, su instalación previa en el equipo informático que se utilizará para el
curso.
Tercera: Lugar de impartición.
Las acciones formativas presenciales y semipresenciales podrán realizarse en las aulas que dispone la Escuela de Formación
Local e Innovación en Badajoz (c/ Godofredo Ortega y Muñoz), en los centros integrales de la Diputación, o en cualesquiera
otros espacios de formación públicos o privados acordes a los requerimientos de cada uno de los contenidos, y de mayor
cercanía para el personal asistente.
Cuarta: Equipo docente.
La Escuela de Formación Local e Innovación cuenta habitualmente con profesorado que presta servicios en la
Administración Local, con experiencia profesional y docente, así como con expertos/as de otras administraciones públicas,
instituciones o empresas que acrediten su solvencia técnica en la materia a impartir.
Quinta: Participantes.
Podrá participar en los cursos integrantes del Plan, el personal de las administraciones locales de la provincia de Badajoz,
que reúna los requisitos de participación que se indiquen en cada una de las acciones formativas.
Sexta: Solicitudes: Plazo y tramitación.
Solo se podrá realizar una solicitud de acciones formativas desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria
en el BOP hasta 18 de octubre de 2024.
Dicha solicitud podrá contener un máximo 5 acciones formativas.
No se admitirán modificaciones de una solicitud ya presentada salvo en el supuesto de cambio de puesto de trabajo de la
persona solicitante, en cuyo caso, aquella se realizará previa autorización al Negociado de Formación, a través del correo
electrónico negociado.formacion@dip-badajoz.es.
Una vez remitida la solicitud, la misma pasa a el/la validador/a (responsable del solicitante) para su autorización, y tras esta a
la Escuela de Formación. Si el/la validadora no la aceptara o rechazará en el plazo de 15 días, se entenderá autorizada por
silencio administrativo.
La selección de los alumnos/as por la Escuela de Formación, para una acción formativa, se cerrará 15 días antes del
comienzo de la misma.
Las solicitudes de participación en acciones formativas integradas en el siguiente Plan deben realizarse por medios
telemáticos como se indica a continuación:
a) Personal de Diputación de Badajoz, OO.AA., PROMEDIO y CPEI (en adelante Diputación de Badajoz).
El personal de la Diputación podrá solicitar las acciones formativas disponibles en el "portal del empleado", y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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