Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (04345/2024)
Reglamento relativo al funcionamiento de las bolsas de trabajo del Excelentísimo Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos
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Ayuntamiento de Badajoz
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
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Reglamento relativo al funcionamiento de las bolsas de trabajo del Excelentísimo Ayuntamiento de Badajoz y sus
organismos autónomos
REGLAMENTO RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE
BADAJOZ Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS
Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 27 de junio de 2024, y finalizado el plazo de exposición pública del
Reglamento de gestión de las bolsas de trabajo del Excelentísimo Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos
(BOP de Badajoz número 125, de 2 de julio de 2024), sin que se hayan presentado reclamaciones o alegaciones al mismo, se
publica su texto a efectos de su entrada en vigor, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, de Bases de Régimen Local y el artículo 196.2 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, PD: Decreto de 2 de febrero de 2024 (BOP de Badajoz de 08/02/2024), el
Teniente de Alcalde Cuarto, Eladio Buzo Corzo.
«REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ Y SUS
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
Índice:
CAPÍTULO 1.- DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2.- Ámbito temporal.
Artículo 3.-Tipo de bolsas de trabajo.
Artículo 4.- Procedimiento de constitución.
Artículo 5.- Criterios para dirimir empates.
Artículo 6.- Situaciones y estados en la bolsa de trabajo.
Artículo 7.- Llamamientos.
Artículo 8.- Turno de discapacidad.
Artículo 9.- Forma de llamamiento a aspirantes.
Artículo 10.- Información a los representantes sindicales y Mesa de Control y Seguimiento.
Artículo 11- Tratamiento de datos.
CAPÍTULO 2.- CARACTERÍSTICAS DE LAS CONVOCATORIAS.
Artículo 13.- Convocatoria pública para el acceso de personal funcionario y laboral fijo.
Artículo 14.- Convocatoria pública para la constitución de bolsas de trabajo.
Artículo 15.- Convocatoria pública para la constitución de bolsas de trabajo rápidas, para cubrir
una necesidad puntual y determinada.
Disposición derogatoria.Disposición final.- Entrada en vigor.
CAPÍTULO 1.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente Reglamento tiene por objeto la regulación del funcionamiento de las bolsas de trabajo existentes y las que se
creen para atender las necesidades de personal temporal o nombramientos de funcionarios/as interinos/as en el
Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, regulados legalmente, excepto programas que tengan regulación
específica de selección.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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BADAJOZ Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS
Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 27 de junio de 2024, y finalizado el plazo de exposición pública del
Reglamento de gestión de las bolsas de trabajo del Excelentísimo Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos
(BOP de Badajoz número 125, de 2 de julio de 2024), sin que se hayan presentado reclamaciones o alegaciones al mismo, se
publica su texto a efectos de su entrada en vigor, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, de Bases de Régimen Local y el artículo 196.2 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, PD: Decreto de 2 de febrero de 2024 (BOP de Badajoz de 08/02/2024), el
Teniente de Alcalde Cuarto, Eladio Buzo Corzo.
«REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ Y SUS
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
Índice:
CAPÍTULO 1.- DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2.- Ámbito temporal.
Artículo 3.-Tipo de bolsas de trabajo.
Artículo 4.- Procedimiento de constitución.
Artículo 5.- Criterios para dirimir empates.
Artículo 6.- Situaciones y estados en la bolsa de trabajo.
Artículo 7.- Llamamientos.
Artículo 8.- Turno de discapacidad.
Artículo 9.- Forma de llamamiento a aspirantes.
Artículo 10.- Información a los representantes sindicales y Mesa de Control y Seguimiento.
Artículo 11- Tratamiento de datos.
CAPÍTULO 2.- CARACTERÍSTICAS DE LAS CONVOCATORIAS.
Artículo 13.- Convocatoria pública para el acceso de personal funcionario y laboral fijo.
Artículo 14.- Convocatoria pública para la constitución de bolsas de trabajo.
Artículo 15.- Convocatoria pública para la constitución de bolsas de trabajo rápidas, para cubrir
una necesidad puntual y determinada.
Disposición derogatoria.Disposición final.- Entrada en vigor.
CAPÍTULO 1.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente Reglamento tiene por objeto la regulación del funcionamiento de las bolsas de trabajo existentes y las que se
creen para atender las necesidades de personal temporal o nombramientos de funcionarios/as interinos/as en el
Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, regulados legalmente, excepto programas que tengan regulación
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