Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (04341/2024)
Reglamento relativo al Programa de Activación para el Empleo del Excelentísimo Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 4341/2024

atención a la población total menor de 25 años y mayor de 65 años; necesidades de gasto; inversa de la
capacidad fiscal; inversa de la renta per cápita y desempleo, para el que el Consejo de Política Social
desarrollará las funciones relativas a su oportuno control y seguimiento.
Asimismo, según lo dispuesto por la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de
Extremadura, en su artículo 15.1.c, en lo referido a las materias o ámbitos de actividad y promoción
económica, los municipios disponen, entre otras, competencias para el "… desarrollo local económico y social
y políticas de fomento o planes locales de empleo".
De todo lo anterior, se deduce que, a través de los planes locales de empleo, los municipios contribuyen a
satisfacer necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, sin que se vea afectada su sostenibilidad
financiera.
Conviene mencionar también que la disposición adicional novena de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de
Empleo actualiza la disposición final segunda del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado
laboral, que introdujo la posibilidad de que las administraciones públicas y, en su caso, las entidades sin
ánimo de lucro puedan realizar contratos vinculados a programas de activación para el empleo, con el
objetivo de mejorar la ocupabilidad y la inserción laboral de las personas objetivo de las políticas activas de
empleo, con una duración no superior a 12 meses.
2.- Grupos de población destinataria del Reglamento del Programa del Plan de Activación para el Empleo del Ayuntamiento
de Badajoz.
El Programa de Activación para el Empleo Local de Badajoz promueve la creación de empleo en el municipio
atendiendo a las personas en situación de desempleo en general. No obstante, se establecerá un foco de
prioridad sobre los grupos de población a quienes resulta más difícil el acceso al mercado laboral de nuestro
territorio, entre los que destacamos:
Personas jóvenes.
Mujeres.
Personas en situación de desempleo de larga duración.
Personas con discapacidad.
Inmigrantes.
Demandantes de empleo en general.
3.- Objetivos.
El objetivo fundamental de este Reglamento del Plan de Empleo es la puesta en marcha y ejecución de
actuaciones concretas que induzcan la mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas y
adquisición por éstas de la experiencia profesional por el desarrollo de ocupaciones impulsadas desde la
Entidad Local.
Los objetivos que persigue el Reglamento del Programa de Activación para el Empleo Local desarrollado por
el Ayuntamiento de Badajoz están encaminados, en general, a potenciar el papel de las entidades locales
como motores de creación de empleo, promoviendo un crecimiento sostenible con recursos propios, y en
concreto, a poner en marcha y ejecutar acciones que permitan:
a) Mejorar la empleabilidad de las personas demandantes de empleo.
b) Dinamizar la colaboración institucional para el fomento del empleo.
c) Revitalizar el desarrollo local.
d) Conciliar la vida laboral y familiar, promoviendo la igualdad entre hombres y mujeres.

4.- Diagnóstico de situación.
4.1.- Caracterización de las personas demandantes desempleadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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