Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (04324/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Delineante/Administrativo, para la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Mancomunidad Integral de Municipios Centro

Anuncio 4324/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Calamonte (Badajoz)
Anuncio 4324/2024
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Delineante/Administrativo, para la Oficina Técnica de
Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible

BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE DELINEANTE/ADMINISTRATIVO, PARA LA
OFICINA TÉCNICA DE URBANISMO Y DESARROLLO TERRITORIAL SOSTENIBLEDE LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE
MUNICIPIOS CENTRO
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Constituye el objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de Delineante/Administrativo, para la Oficina
Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro, de conformidad con lo
dispuesto en el convenio interadministrativo de colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Trasporte y Vivienda y
la Mancomunidad Integral de Municipios Centro, para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de
Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible, mediante un contrato laboral indefinido, a jornada completa.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a lo establecido en la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el RD Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del Texto
Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, de conformidad con el artículo 56 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las
personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español, de acuerdo con las leyes vigentes o tener nacionalidad de cualquiera de los estados miembros
de la Unión Europea o de aquellos estados, que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en conformidad con la
Ley 17/1993. (De conformidad con lo establecido en el artículo 57.4. del RD Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre (TRLEBEP), los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores del artículo 57, así como los
extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las administraciones públicas, como personal
laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.)
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Delineante Proyectista; Técnico Especialista formación profesional de
segundo grado rama "Delineación" especialidad "edificios y obras; Técnico Superior en Proyectos de
Edificación; Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas; o Técnico
Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción, o equivalentes, o en condiciones de
obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. En el caso de aportar un título
equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia
que acredite la citada equivalencia. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su
caso, la homologación.
En el supuesto de invocar un Título equivalente obtenido en España cuya homologación expresa no esté
recogida en la normativa del Ministerio que tenga atribuida la competencia en la materia, u obtenido en el
extranjero, habrá de acompañarse certificado expedido por la Secretaría de Estado de Educación, u
organismo que en su caso le sustituya, que acredite la equivalencia.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto al que se aspira.
e) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 11