Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montemolín. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (04333/2024)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno del proyecto de formación en alternancia con el empleo del Programa Colaborativo Rural
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Ayuntamiento de Montemolín
Anuncio 4333/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Montemolín
Montemolín (Badajoz)
Anuncio 4333/2024
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno del proyecto de formación en alternancia
con el empleo del Programa Colaborativo Rural
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación del Reglamento de régimen interno del proyecto de
formación en alternancia con el empleo del Programa Colaborativo Rural de Montemolín.
Se publica el texto integro del Reglamento una vez modificado para su general conocimiento y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
«REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL PROYECTO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO DEL PROGRAMA
COLABORATIVO RURAL DE MONTEMOLIN»
PREÁMBULO
"El Programa Colaborativo Rural de atención integral a personas en situación o en riesgo de exclusión social que consiste en
el desarrollo de itinerarios de orientación, tutorización e intermediación y formación en alternancia con el empleo para su
inserción sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura
con población inferior a 5.000 habitantes. Con la divulgación del presente documento, en cumplimiento de lo que se
establece en la normativa que regula estos programas, se pretende conseguir la interiorización de unas normas básicas de
convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de quienes integran el proyecto".
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Vigencia y ámbito de aplicación.
Las normas recogidas en el presente Reglamento de régimen interno serán de aplicación a la totalidad de los participantes
en los proyectos colaborativos rurales que se realicen en el municipio (personal técnico y docente y alumnado trabajador) y
vinculará a la entidad promotora, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula los programas, el
estatuto de los trabajadores y demás legislación aplicable.
La vigencia del presente Reglamento podrá extenderse a otros programas de formación para el empleo asimilados a los
Colaborativos Rurales, coetáneos o posteriores.
Artículo 2.- Objetivos generales:
Favorecer la creatividad, el emprendimiento y la innovación social, en zonas y colectivos donde es más necesario este
tipo de intervenciones por sus dificultades territoriales y sociales, basado en un espíritu dinámico, colaborativo y
solidario de las personas participantes y en el fomento de la intercooperación entre las personas y entidades locales
para ofrecer productos/servicios generadores de empleo con impacto social en el territorio.
Desarrollar itinerarios de orientación, tutorización e intermediación.
Mejorar la ocupabilidad y favorecer la inserción laboral de los destinatarios del programa.
Dotar a los participantes de las competencias y capacidades que les posibiliten su aprovechamiento y adquisición, en
su caso, del correspondiente certificado de profesionalidad.
Poner en práctica mecanismos, materiales didácticos y recursos educativos acorde al colectivo participante.
Consolidar y hacer grupo entre el colectivo de participantes, partiendo del análisis de las expectativas previas.
Elaborar la metodología específica de intervención, actuación y formación en base a los perfiles socio-culturales y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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con el empleo del Programa Colaborativo Rural
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación del Reglamento de régimen interno del proyecto de
formación en alternancia con el empleo del Programa Colaborativo Rural de Montemolín.
Se publica el texto integro del Reglamento una vez modificado para su general conocimiento y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
«REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL PROYECTO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO DEL PROGRAMA
COLABORATIVO RURAL DE MONTEMOLIN»
PREÁMBULO
"El Programa Colaborativo Rural de atención integral a personas en situación o en riesgo de exclusión social que consiste en
el desarrollo de itinerarios de orientación, tutorización e intermediación y formación en alternancia con el empleo para su
inserción sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura
con población inferior a 5.000 habitantes. Con la divulgación del presente documento, en cumplimiento de lo que se
establece en la normativa que regula estos programas, se pretende conseguir la interiorización de unas normas básicas de
convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de quienes integran el proyecto".
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Vigencia y ámbito de aplicación.
Las normas recogidas en el presente Reglamento de régimen interno serán de aplicación a la totalidad de los participantes
en los proyectos colaborativos rurales que se realicen en el municipio (personal técnico y docente y alumnado trabajador) y
vinculará a la entidad promotora, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula los programas, el
estatuto de los trabajadores y demás legislación aplicable.
La vigencia del presente Reglamento podrá extenderse a otros programas de formación para el empleo asimilados a los
Colaborativos Rurales, coetáneos o posteriores.
Artículo 2.- Objetivos generales:
Favorecer la creatividad, el emprendimiento y la innovación social, en zonas y colectivos donde es más necesario este
tipo de intervenciones por sus dificultades territoriales y sociales, basado en un espíritu dinámico, colaborativo y
solidario de las personas participantes y en el fomento de la intercooperación entre las personas y entidades locales
para ofrecer productos/servicios generadores de empleo con impacto social en el territorio.
Desarrollar itinerarios de orientación, tutorización e intermediación.
Mejorar la ocupabilidad y favorecer la inserción laboral de los destinatarios del programa.
Dotar a los participantes de las competencias y capacidades que les posibiliten su aprovechamiento y adquisición, en
su caso, del correspondiente certificado de profesionalidad.
Poner en práctica mecanismos, materiales didácticos y recursos educativos acorde al colectivo participante.
Consolidar y hacer grupo entre el colectivo de participantes, partiendo del análisis de las expectativas previas.
Elaborar la metodología específica de intervención, actuación y formación en base a los perfiles socio-culturales y
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