Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Haba. (04277/2024)
Aprobación del Plan de medidas antifraude
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Ayuntamiento de La Haba
Anuncio 4277/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Haba
La Haba (Badajoz)
Anuncio 4277/2024
Aprobación del Plan de medidas antifraude
APROBACIÓN DEL PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE LA HABA
El Pleno del Ayuntamiento de La Haba, en sesión extraordinaria celebrada el 23 de abril de 2024, aprobó el Plan de Medidas
Antifraude que es del siguiente tenor literal:
PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE. SISTEMA DE GESTIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
1. Preámbulo.
El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020, la creación del programa NextGenerationEU, el mayor instrumento de
estímulo económico jamás financiado por la Unión Europea, en respuesta a la crisis sin precedentes causada por el
coronavirus. El elemento con mayor peso de este programa lo constituye el mecanismo para la recuperación y la resiliencia
(en adelante, MRR), establecido a través del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, cuya finalidad es apoyar la inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación
sostenible y resiliente, al tiempo que se promueven las prioridades ecológicas y digitales de la UE.
El MRR tiene cuatro objetivos principales: Promover la cohesión económica, social y territorial de la UE; fortalecer la
resiliencia y la capacidad de ajuste de los Estados Miembros; mitigar las repercusiones socialesy económicas de la crisisde la
COVID-19; y apoyar las transiciones ecológica y digital. Todos ellos van dirigidos a restaurar el potencial de crecimiento de
las economías de la UE, fomentar la creación de empleo tras la crisis y promover el crecimiento sostenible.
Para alcanzar esos objetivos, cada Estado miembro diseñó un Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia incluyendo las
reformas y los proyectos de inversión necesarios para alcanzar esos objetivos.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español (en adelante PRTR) tiene cuatro ejes transversales que se
vertebran en 10 políticas palanca, dentro de las cuales se recogen treinta componentes, que permiten articular los
programas coherentes de inversiones y reformas del Plan:
La transición ecológica.
La transformación digital.
La cohesión social y territorial.
La igualdad de género.
El artículo 22 del mencionado Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
impone a los Estados miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del MMR, la adopción
de una serie de medidas de protección de los intereses financieros de la UE, en concordancia con lo establecido en el
Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas
financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (Reglamento financiero), en particular en lo que se refiere a la
prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Para ello se debía establecer un sistema de control interno eficaz y eficiente que se concretó en la Orden HPF/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR.
Entre las previsiones de la Orden HPF/1030/2021 destaca la obligación que impone y desarrolla el artículo 6 de que toda
entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un "Plan de
Medidas Antifraude" que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos
correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la
prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
A estos efectos, el Ayuntamiento de La Haba tiene la calificación de entidad ejecutora, por lo que se aprueba este Plan de
Medidas Antifraude, cuyo contenido figura a continuación y que se aplicará igualmente a cualquier actuación futura que se
lleve a cabo en relación con los fondos provenientes del mecanismo para la recuperación y la resiliencia (MRR) y en
cualquiera proveniente de la UE siempre que la regulación específica no establezca particularidades al respecto.
2. Objetivo y ámbito de aplicación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El Pleno del Ayuntamiento de La Haba, en sesión extraordinaria celebrada el 23 de abril de 2024, aprobó el Plan de Medidas
Antifraude que es del siguiente tenor literal:
PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE. SISTEMA DE GESTIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
1. Preámbulo.
El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020, la creación del programa NextGenerationEU, el mayor instrumento de
estímulo económico jamás financiado por la Unión Europea, en respuesta a la crisis sin precedentes causada por el
coronavirus. El elemento con mayor peso de este programa lo constituye el mecanismo para la recuperación y la resiliencia
(en adelante, MRR), establecido a través del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, cuya finalidad es apoyar la inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación
sostenible y resiliente, al tiempo que se promueven las prioridades ecológicas y digitales de la UE.
El MRR tiene cuatro objetivos principales: Promover la cohesión económica, social y territorial de la UE; fortalecer la
resiliencia y la capacidad de ajuste de los Estados Miembros; mitigar las repercusiones socialesy económicas de la crisisde la
COVID-19; y apoyar las transiciones ecológica y digital. Todos ellos van dirigidos a restaurar el potencial de crecimiento de
las economías de la UE, fomentar la creación de empleo tras la crisis y promover el crecimiento sostenible.
Para alcanzar esos objetivos, cada Estado miembro diseñó un Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia incluyendo las
reformas y los proyectos de inversión necesarios para alcanzar esos objetivos.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español (en adelante PRTR) tiene cuatro ejes transversales que se
vertebran en 10 políticas palanca, dentro de las cuales se recogen treinta componentes, que permiten articular los
programas coherentes de inversiones y reformas del Plan:
La transición ecológica.
La transformación digital.
La cohesión social y territorial.
La igualdad de género.
El artículo 22 del mencionado Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
impone a los Estados miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del MMR, la adopción
de una serie de medidas de protección de los intereses financieros de la UE, en concordancia con lo establecido en el
Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas
financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (Reglamento financiero), en particular en lo que se refiere a la
prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Para ello se debía establecer un sistema de control interno eficaz y eficiente que se concretó en la Orden HPF/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR.
Entre las previsiones de la Orden HPF/1030/2021 destaca la obligación que impone y desarrolla el artículo 6 de que toda
entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un "Plan de
Medidas Antifraude" que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos
correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la
prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
A estos efectos, el Ayuntamiento de La Haba tiene la calificación de entidad ejecutora, por lo que se aprueba este Plan de
Medidas Antifraude, cuyo contenido figura a continuación y que se aplicará igualmente a cualquier actuación futura que se
lleve a cabo en relación con los fondos provenientes del mecanismo para la recuperación y la resiliencia (MRR) y en
cualquiera proveniente de la UE siempre que la regulación específica no establezca particularidades al respecto.
2. Objetivo y ámbito de aplicación.
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