Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Haba. (04277/2024)
Aprobación del Plan de medidas antifraude
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Ayuntamiento de La Haba

Anuncio 4277/2024

A la mayor brevedad posible, el Comité Antifraude procederá a:
— Comunicar los hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad decisora (o a la
entidad ejecutora que le haya encomendado la ejecución de las actuaciones, en cuyo caso será
esta la que se los comunicará a la entidad decisora), quien comunicará el asunto a la autoridad
responsable, la cual podrá solicitar la información adicional que considere oportuna de cara su
seguimiento y comunicación a la autoridad de control.
— Denunciar, si fuese el caso, los hechos punibles a las autoridades públicas competentes
(Servicio Nacional de Coordinación Antifraude -SNCA-) y para su valoración y eventual
comunicación a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.
— Iniciar una información reservada para depurar responsabilidades o incoar un expediente
disciplinario.
— Denunciar los hechos ante la fiscalía y los tribunales competentes, en los casos oportunos.

ANEXO I: RESULTADO DE LA EVALUACIÓN DE RIESGO
Esta autoevaluación se configura en el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el
sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia como una actuación obligatoria para el órgano
gestor.
El anexo II.B.5 de la Orden HFP/1030/2021 incluye un cuestionario de autoevaluación relativo al estándar mínimo:

Pregunta

Grado de
cumplimiento
4

3

2

1

1. ¿Se dispone de un Plan de medidas antifraude» que le permita a la entidad ejecutora o a
la entidad decisora garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los
fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en
particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la
corrupción y los conflictos de intereses?
2. ¿Se constata la existencia del correspondiente «Plan de medidas antifraude» en todos los
niveles de ejecución?
Prevención
3. ¿Dispone de una declaración, al más alto nivel, donde se comprometa a luchar contra el
fraude?
4. ¿Se realiza una autoevaluación que identifique los riesgos específicos, su impacto y la
probabilidad de que ocurran y se revisa periódicamente?
5. ¿Se difunde un código ético y se informa sobre la política de obsequios?
6. ¿Se imparte formación que promueva la ética pública y que facilite la detección del
fraude?
7. ¿Se ha elaborado un procedimiento para tratar los conflictos de intereses?
8. ¿Se cumplimenta una declaración de ausencia de conflicto de intereses por todos los
intervinientes?
Detección
9. ¿Se han definido indicadores de fraude o señales de alerta (banderas rojas) y se han
comunicado al personal en posición de detectarlos?
10. ¿Se utilizan herramientas de prospección de datos o de puntuación de riesgos?
11. ¿Existe algún cauce para que cualquier interesado pueda presentar denuncias?
12. ¿Se dispone de alguna Unidad encargada de examinar las denuncias y proponer
medidas?
Corrección
13. ¿Se evalúa la incidencia del fraude y se califica como sistémico o puntual?
14. ¿Se retiran los proyectos o la parte de los mismos afectados por el fraude y financiados
o a financiar por el MRR?
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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