Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. (04293/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Burguillos Construye"
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Anuncio 4293/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
Anuncio 4293/2024
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Burguillos
Construye"
APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COLABORATIVO RURAL ATENEO "BURGUILLOS
CONSTRUYE"
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial de aprobación del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural
Ateneo "Burguillos Construye", en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, que se transcribe literalmente:
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COLABORATIVO RURAL ATENEO "BURGUILLOS CONSTRUYE"
Artículo 1.- Preámbulo.
El Programa Colaborativo Rural Ateneo va dirigido a la atención de personas desfavorecidas en zonas rurales, para mejorar
su inserción laboral mediante itinerarios que incluyan acompañamiento, formación y empleo, fijar la población al medio
rural, favorecer la dinamización económica de diversos sectores productivos, generar oportunidades de desarrollo y
contribuir a la lucha contra el desempleo. El presente Reglamento pretende servir de norma, que articule dentro de la
legalidad vigente aquellos aspectos propios del desempeño cotidiano de la labor encomendada al personal de este
programa de formación dual, estableciendo las normas de funcionamiento y coordinación entre las distintas personas que
componen la misma.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
La presente normativa regula las condiciones de trabajo del equipo técnico y de alumnos-trabajadores del programa
"Colaborativo Rural Ateneo Burguillos Construye" y a fines informativos y proyectos similares futuros, se plasma por escrito
para general conocimiento y constancia de su existencia a la hora de proceder durante el plazo de duración del mismo.
Artículo 3.- Condiciones del alumno-trabajador.
Define la condición de alumnos/as-trabajadores/as, del programa Colaborativo Rural Ateneo y el mantener con
"Ayuntamiento de Burguillos del Cerro" (en adelante "entidad promotora") una relación regulada formalmente por un
contrato de formación, por lo que son consideradas trabajadores/as, sin perder la condición, de alumna/o, en ningún caso.
El contrato estará regulado por el Decreto correspondiente a cada uno de los proyectos, en este caso el Decreto 287/2023,
de 27 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la
financiación del Programa Colaborativo Rural "ATENEO" y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.
Artículo 4.- Condiciones del personal directivo y docente.
El personal directivo y docente mantiene con la entidad promotora una relación regulada formalmente por un contrato por
duración determinada con cláusula objetiva de resolución, por lo que son considerados trabajadores, según condiciones de
cada contrato suscrito entre ambas partes y hasta el final del programa.
Artículo 5.- Horario de trabajo.
La jornada laboral se establece de 7:30 a 15:00 horas de lunes a viernes, aunque con acuerdo de la entidad promotora
podrá ser ajustada a la necesidad del servicio u otras particularidades. Se considera jornada laboral tanto las horas
dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a trabajos reales. A la hora que mejor se adapte a las
necesidades y eficacia del módulo, se establecerá a criterio del equipo docente, un descanso de treinta minutos pasados los
cuales todo el personal se incorporará a las tareas que sus monitores les indiquen.
Artículo 6.- Calendario laboral.
El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la Administración, de tal forma que se considerarán
no laborables, además de los días considerados como tales a nivel nacional,El Decreto 68/2023, de 31 de mayo que fija las
doce fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año
2024los dos días establecidos por la entidad promotora para el ejercicio 2024, que afectan al desarrollo del proyecto. Por la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COLABORATIVO RURAL ATENEO "BURGUILLOS
CONSTRUYE"
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial de aprobación del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural
Ateneo "Burguillos Construye", en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, que se transcribe literalmente:
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COLABORATIVO RURAL ATENEO "BURGUILLOS CONSTRUYE"
Artículo 1.- Preámbulo.
El Programa Colaborativo Rural Ateneo va dirigido a la atención de personas desfavorecidas en zonas rurales, para mejorar
su inserción laboral mediante itinerarios que incluyan acompañamiento, formación y empleo, fijar la población al medio
rural, favorecer la dinamización económica de diversos sectores productivos, generar oportunidades de desarrollo y
contribuir a la lucha contra el desempleo. El presente Reglamento pretende servir de norma, que articule dentro de la
legalidad vigente aquellos aspectos propios del desempeño cotidiano de la labor encomendada al personal de este
programa de formación dual, estableciendo las normas de funcionamiento y coordinación entre las distintas personas que
componen la misma.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
La presente normativa regula las condiciones de trabajo del equipo técnico y de alumnos-trabajadores del programa
"Colaborativo Rural Ateneo Burguillos Construye" y a fines informativos y proyectos similares futuros, se plasma por escrito
para general conocimiento y constancia de su existencia a la hora de proceder durante el plazo de duración del mismo.
Artículo 3.- Condiciones del alumno-trabajador.
Define la condición de alumnos/as-trabajadores/as, del programa Colaborativo Rural Ateneo y el mantener con
"Ayuntamiento de Burguillos del Cerro" (en adelante "entidad promotora") una relación regulada formalmente por un
contrato de formación, por lo que son consideradas trabajadores/as, sin perder la condición, de alumna/o, en ningún caso.
El contrato estará regulado por el Decreto correspondiente a cada uno de los proyectos, en este caso el Decreto 287/2023,
de 27 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la
financiación del Programa Colaborativo Rural "ATENEO" y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.
Artículo 4.- Condiciones del personal directivo y docente.
El personal directivo y docente mantiene con la entidad promotora una relación regulada formalmente por un contrato por
duración determinada con cláusula objetiva de resolución, por lo que son considerados trabajadores, según condiciones de
cada contrato suscrito entre ambas partes y hasta el final del programa.
Artículo 5.- Horario de trabajo.
La jornada laboral se establece de 7:30 a 15:00 horas de lunes a viernes, aunque con acuerdo de la entidad promotora
podrá ser ajustada a la necesidad del servicio u otras particularidades. Se considera jornada laboral tanto las horas
dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a trabajos reales. A la hora que mejor se adapte a las
necesidades y eficacia del módulo, se establecerá a criterio del equipo docente, un descanso de treinta minutos pasados los
cuales todo el personal se incorporará a las tareas que sus monitores les indiquen.
Artículo 6.- Calendario laboral.
El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la Administración, de tal forma que se considerarán
no laborables, además de los días considerados como tales a nivel nacional,El Decreto 68/2023, de 31 de mayo que fija las
doce fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año
2024los dos días establecidos por la entidad promotora para el ejercicio 2024, que afectan al desarrollo del proyecto. Por la
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