Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Guadalperales. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04239/2024)
Bases para la convocatoria de selección de un Profesor/a para la impartición de los programas P02 y P06, de aprendizaje a lo largo de la vida curso 2024-2025
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Ayuntamiento de Los Guadalperales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Los Guadalperales
Los Guadalperales (Badajoz)
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Bases para la convocatoria de selección de un Profesor/a para la impartición de los programas P02 y P06, de
aprendizaje a lo largo de la vida curso 2024-2025

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE UN PROFESOR PARA LA IMPARTICIÓN DE LOS PROGRAMAS P02 y P06, DE
APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA CURSO 2024-2025
Primera: Objeto de la convocatoria. Las presentes bases tienen por objeto regular la selección mediante concurso-oposición
de un Formador para la realización de la actividad de Monitor de los programas de aprendizaje a lo largo de la vida, P02 y
P06, para el curso 2024/2025, de conformidad con lo establecido por resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección
General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve la concesión de ayudas para la
realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso
2024/2025 (DOE 10 de julio 2024).
La convocatoria se realiza de acuerdo con el artículo 103 de la Ley 7/85, de 2 de abril y artículo 177 del RD 781/86, de 18 de
abril, teniendo en cuenta los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Segunda: Tipo de contrato.
El tipo de contrato a celebrar será laboral, de carácter temporal, con un máximo de 16 horas semanales y un total de 300
horas lectivas atendiendo a lo dispuesto en el plan de activación de empleo local de la ELM Los Guadalperales.
Tercera: Retribuciones y financiación.
Los haberes a percibir por el desempeño del puesto de trabajo se determinarán según lo establecido en la y se financiará
con las ayudas concedidas al efecto por la Consejería de Educación y Empleo y las correspondientes aportaciones
municipales.
Cuarta: Funciones.
El trabajador contratado, tendrá como tarea principal el desarrollo del contenido y metodología que aparecen establecidos
en el Anexo I de la Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e
Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a
lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2024/2025 (DOE 25 de abril del 2024); a
tenor de lo dispuesto en el resuelvo decimocuarto, y a propuesta de la Jefatura de Servicio de Enseñanzas de Personas
Adultas y a Distancia, y el desarrollo de las actividades y cumplimiento de obligaciones para el desarrollo de estos
programas educativos establece la Orden para los docentes, que consistirán sistemáticamente, entre otras: Elaboración de
proyecto educativo, memorias, estadísticas, seguimiento y evolución de alumnos, sesiones informativas, cumplimentación
de anexos y encuestas, preparación de sesiones y coordinación de programas, etc).
En todo caso deberá aceptar las directrices pedagógicas del centro de educación de adultos de la zona educativa en la que
se encuentre ubicada la actuación.
Quinta: Requisitos de los aspirantes:
Para tomar parte en las pruebas, los aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo para la
presentación de instancias, las condiciones siguientes:
a) Poseer la titulación académica o profesional necesaria: Con carácter general, los formadores deberán estar
en posesión del título de maestro, u otro título universitario relacionado con las enseñanzas que vayan a
impartir y cuenten con curso de adaptación pedagógica (CAP) o Máster Universitario en Formación de
Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de
Idiomas, o título administrativo que lo sustituya, a excepción de aquellas titulaciones universitarias que
legalmente tengan dispensado este requisito en el momento de la selección.
b) Estar en la situación de demandante de empleo o mejora de empleo en el momento de su contratación.
c) Ser español/a, o ciudadano de la Unión Europea.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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