Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04202/2024)
Bases que han de regir la convocatoria de una bolsa de Monitores de Baloncesto y Monitores Deportivos 2024-2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 4202/2024
La puntuación definitiva será la suma de la fase de oposición y la fase de concurso. Los aspirantes serán convocados para
cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI.
Una vez puntuados a los aspirantes se confeccionará la bolsa de trabajo figurando la lista de aspirantes en función de los
puntuación definitiva. En caso de que dos o más aspirantes consigan la misma puntuación, el orden en la bolsa lo
determinará la experiencia en la actividad a la que se aspira en el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros y en caso de
seguir con la misma puntuación tendrá preferencia el aspirante que tenga mayor puntuación en la parte de formación
académica.
Teniendo en cuenta que, si en alguna especialidad deportiva se dan de baja más del 50% de los alumnos matriculados, será
causa de rescisión del contrato con el monitor y podrá contratarse al mismo monitor en caso de haber estado contratado
menos de seis meses en otra modalidad deportiva.
Al presentar la solicitud para participar en la presente selección implica, que de ser seleccionado, se está de acuerdo en la
obligación de asistir a los eventos que se organicen en fin de semana o festivos, aunque sean fuera de la localidad y
consecuentemente manifiesta su consentimiento en viajar con los alumnos como responsable a las ciudades donde se
celebren los eventos lúdico deportivos, actividades que obligatoriamente deberán estar contemplados en la programación
de la actividad deportiva.
Octava. Calificación.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
Novena. Relación de aprobados, presentación de documentos y formalización del contrato.
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para la formalización de los contratos,
que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga
lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días
siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega
de una copia básica de los contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo correspondientes, los
aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Décima. Constitución de bolsa de empleo.
Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, a fin de
que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente
debidas a bajas por enfermedad, maternidad, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una vez que finalice su contrato de
trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en
relación con los puntos obtenidos.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento tendrá preferencia el aspirante que
figura en primer lugar de la lista de orden de la bolsa.
Desde el Ayuntamiento se le asignará a cada aspirante las actividades y la instalación donde se realizará cada una de ellas.
Undécima. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato
laboral será la jurisdicción social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de
reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día
siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI.
Una vez puntuados a los aspirantes se confeccionará la bolsa de trabajo figurando la lista de aspirantes en función de los
puntuación definitiva. En caso de que dos o más aspirantes consigan la misma puntuación, el orden en la bolsa lo
determinará la experiencia en la actividad a la que se aspira en el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros y en caso de
seguir con la misma puntuación tendrá preferencia el aspirante que tenga mayor puntuación en la parte de formación
académica.
Teniendo en cuenta que, si en alguna especialidad deportiva se dan de baja más del 50% de los alumnos matriculados, será
causa de rescisión del contrato con el monitor y podrá contratarse al mismo monitor en caso de haber estado contratado
menos de seis meses en otra modalidad deportiva.
Al presentar la solicitud para participar en la presente selección implica, que de ser seleccionado, se está de acuerdo en la
obligación de asistir a los eventos que se organicen en fin de semana o festivos, aunque sean fuera de la localidad y
consecuentemente manifiesta su consentimiento en viajar con los alumnos como responsable a las ciudades donde se
celebren los eventos lúdico deportivos, actividades que obligatoriamente deberán estar contemplados en la programación
de la actividad deportiva.
Octava. Calificación.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
Novena. Relación de aprobados, presentación de documentos y formalización del contrato.
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para la formalización de los contratos,
que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga
lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días
siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega
de una copia básica de los contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo correspondientes, los
aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Décima. Constitución de bolsa de empleo.
Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, a fin de
que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente
debidas a bajas por enfermedad, maternidad, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una vez que finalice su contrato de
trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en
relación con los puntos obtenidos.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento tendrá preferencia el aspirante que
figura en primer lugar de la lista de orden de la bolsa.
Desde el Ayuntamiento se le asignará a cada aspirante las actividades y la instalación donde se realizará cada una de ellas.
Undécima. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato
laboral será la jurisdicción social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de
reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día
siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
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