Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04202/2024)
Bases que han de regir la convocatoria de una bolsa de Monitores de Baloncesto y Monitores Deportivos 2024-2025
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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Monitor Deportivo

Mérito

Formación académica

(hasta un máximo de
0,90 punto)

LDO/Grado en CC del Deporte

3 Ptos.

Diplomatura Magisterio con
especialidad en Educación Física

1,5 Ptos.

Técnico Superior en Animación de
Actividades Físicas y Deportivas,
Técnico Deportivo en Enseñanza y
Animación Socio Deportivas, Técnico
Superior en Acondicionamiento Físico

0,90 Ptos.

Técnico Deportivo Superior
Técnico Deportivo

0,50 Ptos.
Nivel 1

0,2 Ptos.

Nivel 2

0,2Ptos.

Certificado de profesionalidad (diligenciado por el
CSD)
(hasta un máximo de
0,6 punto)

Monitor federativo
(diligenciado por el CSD)

Puntuación asignada

0,75 Ptos.
Nivel 1

0,2 Ptos.

Nivel 2

0,2 Ptos.

Nivel 3

0,2 Ptos.

Formación complementaria

Máster y/o cursos que versen sobre el ámbito de la gestión
deportiva, educación física, entrenamiento y rendimiento
deportivo, recreación deportiva o salud y actividad física y/o
curso de adaptación pedagógica

Impartidos directamente por la administración e
instituciones públicas, universidades, federaciones
deportivas, organizaciones de utilidad pública
(hasta un máximo de 1 punto)

Más de 200 horas

0,4 Ptos.

101 - 200 horas

0,3 Ptos.

51 – 100 horas

0,2 Ptos.

Hasta 50 horas

0,1 Ptos.

Más de 200 horas

0,1 Ptos.

101 - 200 horas

0,075 Ptos.

51 – 100 horas

0,05 Ptos.

Hasta 50 horas

0,025 Ptos.

En actividades referidas a la actividad deportiva
para la que se aspira en el Ayuntamiento de Jerez
de los Caballeros o en otra administración pública
(hasta un máximo de 3 ptos.)

Por mes completo

0,2 Ptos.

En actividades referidas a la actividad deportiva
para la que se aspira en empresas privadas (hasta
un máximo de 1 ptos.)

Por mes completo

0,07 Ptos.

No impartidos directamente por los indicados en el
apartado anterior, (hasta un máximo de 0,25
puntos)

b) Experiencia

La experiencia se acreditará mediante originales o fotocopias de certificados de empresa, vida laboral y de contratos de
trabajo en el que debe figurar el concepto y especialidad, caso de no figurar no será objeto de puntuación.
No se valorarán certificaciones de carreras universitarias no acabadas y/o certificadas de asignaturas independientes de la
carrera universitaria que la componen. No se computarán los cursos que no indiquen su duración, ni cuyo certificado no
haya sido expedido por un organismo oficial, ni aquellos que no versen sobre el ámbito de la gestión, educación física,
entrenamiento y rendimiento deportivo, recreación deportiva o salud y actividad física y/o curso de adaptación pedagógica,
referentes a la actividad deportiva seleccionada. Abstenerse de presentar documentación que no se va a tener en cuenta
por el Tribunal.
- La calificación de la fase de concurso (puntos alcanzados en los apartados a) y b)) será de 0 a 10 puntos. La
puntuación de esta fase se adoptará mediante ponderación por valor del 40%, hasta un máximo de 4 puntos.
Ejemplo: (Máximo 10 puntos ........................... 4 puntos).

(Mínimo 0 puntos ….......................... 0 puntos).

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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