Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04218/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento regulador de la gestión de las colonias felinas y régimen de voluntarios del municipio de Olivenza y Pedanías
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Ayuntamiento de Olivenza
Anuncio 4218/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Olivenza
Olivenza (Badajoz)
Anuncio 4218/2024
Aprobación definitiva del Reglamento regulador de la gestión de las colonias felinas y régimen de voluntarios del
municipio de Olivenza y Pedanías
El Pleno de esta Corporación en sesión correspondiente al día 26 de junio de 2024, aprobó inicialmente el Reglamento
regulador de la gestión de las colonias felinas y régimen de voluntarios del municipio de Olivenza y pedanías.
Expuesto al público el anuncio de aprobación inicial mediante edicto inserto en el BOP de fecha 5 de julio del corriente,
tablón de anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica, para examen del expediente y presentación en su caso de
reclamaciones, durante el período de treinta días hábiles siguientes al de la inserción no se produjo reclamación alguna, por
lo que conforme a lo establecido en el artículo 49 de la ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
han de entenderse definitivamente aprobado, procediendo su publicación íntegra conforme al artículo 70.2 del mismo
cuerpo legal, a efectos de su entrada en vigor.
Contra el acuerdo de aprobación definitiva podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de dicha
Jurisdicción, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
REGLAMENTO REGULADOR DE LA GESTIÓN DE LAS COLONIAS FELINAS Y RÉGIMEN DE VOLUNTARIOS DEL MUNICIPIO DE
OLIVENZA Y PEDANÍAS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 7/2023 de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (BOE número 75 de 29 de marzo
de 2023) desarrolla en su capítulo VI del Título II aspectos relativos a la gestión de las colonias felinas y las funciones de la
administración local al respecto.
La responsabilidad de la gestión, cuidado y salvaguarda de las poblaciones de gatos ferales/comunitarios en los términos
municipales donde residen es de las administraciones públicas y, en especial, de las administraciones locales, en base al
artículo 25.2.b) y j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en materia de medioambiente
y de salubridad pública respectivamente, y a las leyes autonómicas de protección animal que regulan los animales de
compañía y/o domésticos, atribuyendo a los ayuntamientos la competencia para la protección de los animales que se hallen
en sus respectivos términos municipales.
Las políticas públicas tradicionales para el control poblacional de las colonias felinas consistentes en capturar gatos de
colonias se han demostrado poco éticas, ineficaces e ineficientes, por el hecho de que en aquellos sitios donde se han
capturado gatos han vuelto a aparecer otros, por el denominado efecto vacío, que hace que otros gatos repueblen esa zona.
La única legislación eficaz para la gestión de colonias felinas es la realizada desde un prisma humanitario, basada en el
llamado método CER (captura, esterilización, retorno), que, además, es el método actualmente recomendado por la
Organización Mundial de la Salud para evitar la proliferación descontrolada de colonias felinas.
La presencia de gatos en las calles es habitual en todas las ciudades y municipios, donde la mayoría son animales
domésticos abandonados o perdidos, o de descendencia salvaje, los cuales se caracterizan por tener un estado nutricional y
sanitario deficiente y por su alta capacidad de reproducción. Este problema se ha combatido, tradicionalmente, capturando
y retirando los gatos de las áreas públicas; sin embargo, estos métodos no son efectivos porque aun llegándose a retirar
todos los gatos de una colonia, la misma es repoblada en un breve espacio de tiempo.
Hoy en día se aplican modelos de control de colonias de gatos que permiten disfrutar de estos animales en la ciudad,
garantizándoles una adecuada integración en el entorno urbano. La clave de estos métodos está en el control de la
superpoblación de animales, origen de las molestias a la vecindad y de los problemas de salubridad y limpieza asociados a
las colonias incontroladas.
El método CER mejora la vida de estos animales y su relación con las personas que viven cerca de ellos, disminuyendo el
tamaño de las colonias y permitiendo que los gatos tengan mejores condiciones de salubridad y una mayor esperanza de
vida. Además, se ha demostrado que este método hace que las agresiones entre machos, con todas las consecuencias que
ello conlleva (transmisión de enfermedades y olor fuerte debido a la presencia de hormonas en la orina del gato)
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El Pleno de esta Corporación en sesión correspondiente al día 26 de junio de 2024, aprobó inicialmente el Reglamento
regulador de la gestión de las colonias felinas y régimen de voluntarios del municipio de Olivenza y pedanías.
Expuesto al público el anuncio de aprobación inicial mediante edicto inserto en el BOP de fecha 5 de julio del corriente,
tablón de anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica, para examen del expediente y presentación en su caso de
reclamaciones, durante el período de treinta días hábiles siguientes al de la inserción no se produjo reclamación alguna, por
lo que conforme a lo establecido en el artículo 49 de la ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
han de entenderse definitivamente aprobado, procediendo su publicación íntegra conforme al artículo 70.2 del mismo
cuerpo legal, a efectos de su entrada en vigor.
Contra el acuerdo de aprobación definitiva podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de dicha
Jurisdicción, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
REGLAMENTO REGULADOR DE LA GESTIÓN DE LAS COLONIAS FELINAS Y RÉGIMEN DE VOLUNTARIOS DEL MUNICIPIO DE
OLIVENZA Y PEDANÍAS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 7/2023 de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (BOE número 75 de 29 de marzo
de 2023) desarrolla en su capítulo VI del Título II aspectos relativos a la gestión de las colonias felinas y las funciones de la
administración local al respecto.
La responsabilidad de la gestión, cuidado y salvaguarda de las poblaciones de gatos ferales/comunitarios en los términos
municipales donde residen es de las administraciones públicas y, en especial, de las administraciones locales, en base al
artículo 25.2.b) y j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en materia de medioambiente
y de salubridad pública respectivamente, y a las leyes autonómicas de protección animal que regulan los animales de
compañía y/o domésticos, atribuyendo a los ayuntamientos la competencia para la protección de los animales que se hallen
en sus respectivos términos municipales.
Las políticas públicas tradicionales para el control poblacional de las colonias felinas consistentes en capturar gatos de
colonias se han demostrado poco éticas, ineficaces e ineficientes, por el hecho de que en aquellos sitios donde se han
capturado gatos han vuelto a aparecer otros, por el denominado efecto vacío, que hace que otros gatos repueblen esa zona.
La única legislación eficaz para la gestión de colonias felinas es la realizada desde un prisma humanitario, basada en el
llamado método CER (captura, esterilización, retorno), que, además, es el método actualmente recomendado por la
Organización Mundial de la Salud para evitar la proliferación descontrolada de colonias felinas.
La presencia de gatos en las calles es habitual en todas las ciudades y municipios, donde la mayoría son animales
domésticos abandonados o perdidos, o de descendencia salvaje, los cuales se caracterizan por tener un estado nutricional y
sanitario deficiente y por su alta capacidad de reproducción. Este problema se ha combatido, tradicionalmente, capturando
y retirando los gatos de las áreas públicas; sin embargo, estos métodos no son efectivos porque aun llegándose a retirar
todos los gatos de una colonia, la misma es repoblada en un breve espacio de tiempo.
Hoy en día se aplican modelos de control de colonias de gatos que permiten disfrutar de estos animales en la ciudad,
garantizándoles una adecuada integración en el entorno urbano. La clave de estos métodos está en el control de la
superpoblación de animales, origen de las molestias a la vecindad y de los problemas de salubridad y limpieza asociados a
las colonias incontroladas.
El método CER mejora la vida de estos animales y su relación con las personas que viven cerca de ellos, disminuyendo el
tamaño de las colonias y permitiendo que los gatos tengan mejores condiciones de salubridad y una mayor esperanza de
vida. Además, se ha demostrado que este método hace que las agresiones entre machos, con todas las consecuencias que
ello conlleva (transmisión de enfermedades y olor fuerte debido a la presencia de hormonas en la orina del gato)
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