Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ruecas. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04213/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Formación Ruecas IV"
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Ayuntamiento de Ruecas

Anuncio 4213/2024

través del Equipo Directivo y Técnico del proyecto, personal de apoyo y alumnado trabajador.
Equipo del proyecto:
- Una coordinadora/técnica-tutora.
- Un monitor de albañilería para la especialidad de "operaciones auxiliares de acabados rígidos y
urbanización".
TÍTULO 5.- DERECHOS Y DEBERES DERIVADOS DEL CONTRATO
Artículo 4: Vacaciones anuales.
El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituibles por compensación económica, será de 11 días laborables.
La dirección del proyecto, una vez analizados los itinerarios formativos y las unidades de obra encomendadas, podrá
restringir las fechas disponibles para el disfrute del periodo vacacional, cuando entienda que la suspensión de las
actividades en determinadas fechas repercute negativamente en el desarrollo de aquellos. Ignoradas tales fechas, el
calendario de vacaciones será pactado por los trabajadores del proyecto y los representantes de la entidad promotora,
entendiendo, en cualquier caso, que los periodos establecidos afectarán a la totalidad de los participantes.
El calendario de vacaciones será expuesto al menos con 2 meses de anterioridad en lugar accesible a los interesados.
Artículo 5: Permisos y licencias.
Normas generales.
El trabajador, ante la necesidad de atender un deber inexcusable en el que se requiera su presencia, podrá ausentarse del
trabajo, solicitando el permiso correspondiente a la dirección del proyecto, a través del monitor preferiblemente con 3 días
de antelación, acreditando la ausencia con el debido justificante, para considerar la falta como justificada.
Para justificar la ausencia de un/a alumno/a, durante la jornada laboral o formativa del Proyecto Colaborativo Rural Ateneo
"Formación Ruecas IV" se facilitará a la persona interesada un parte de salida del centro, en el que se indicará la duración de
la ausencia.
El equipo docente y alumnado, previo aviso (de al menos 48 horas) y justificación previa y posterior, podrá ausentarse del
trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo indicados en el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Además de lo anteriormente expuesto, tienen derecho a ausentarse del trabajo según las siguientes circunstancias:
- Por el tiempo estipulado en la legislación para los casos de matrimonio, maternidad, paternidad,
enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento.
- Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal,
comprendido el ejercicio de sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo
determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación
económica.
Se entenderán por deberes inexcusables de carácter público y personal los siguientes:
- La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del facultativo. En la que se hagan
constar las horas de asistencia y consulta. No obstante, cuando se trate de justificante médico y la dolencia le
impida reincorporarse al proyecto con normalidad después de la consulta, el facultativo deberá hacer constar
el día o los días que debe permanecer en reposo, de no ser así se considerará que puede volver al proyecto
tras la consulta.
- El acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo su custodia legal, que
deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las horas de citación y consulta.
- La realización de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros oficiales de formación),
que deberán acreditarse mediante permiso del órgano competente en la que se hagan constar las horas de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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