Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (04173/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "El Encuentro I"
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Ayuntamiento de Almendral

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o) Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al
rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del programa,
garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
p) Cuidar y mantener las condiciones higiénicas y de limpieza de las instalaciones puestas a disposición del
programa.
Artículo 13.- Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
A) Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados
siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
- La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
- Faltas reiteradas de puntualidad, que no superen los 30 minutos en un mes, a
partir de los treinta minutos se considera falta Grave.
- El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
- El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las
actividades formativas como en el trabajo propio del Programa de Formación y
Empleo "Programa Colaborativo Rural Ateneo".
- Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo
efectivo.
- Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
- El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal y E.P.I., del que
disponen para el desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada
laboral (incluidos los 30 minutos de descanso).
- La no presentación en tiempo oportuno (3 días hábiles) de los justificantes,
salvo que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
- Permanecer en la puerta de los Programa de Formación y Empleo "Programa
Colaborativo Rural Ateneo" en horario de trabajo.
- Fumar en zonas/horarios no permitidos: Aulas, pasillos y servicios.
- Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al programa.
A.2.- Faltas graves:
- Haber sido sancionado por cuatro faltas leves, a excepción de la falta de
puntualidad (que a partir de los treinta minutos se considera falta grave).
- La falta de obediencia y/o respeto debido a monitores/profesores y demás
personal del Programa de Formación y Empleo "Programa Colaborativo Rural
Ateneo".
- La posesión y consumo de alcohol o drogas ilegales durante la jornada de
trabajo y formación.
- El ataque a la integridad física y moral de los compañeros y compañeras y en
general, mantener conductas antisociales y/o violentas durante la jornada
laboral.
- El incumplimiento o abandono de normas y medidas de Seguridad e Higiene en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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