Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Servicios Sociales de Atención Social Básica Zona de Barros (Santa Marta de los Barros). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04167/2024)
Bases de la convocatoria de pruebas selectivas, mediante el sistema de oposición, para cubrir una plaza temporal de Trabajador/a Social
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Mancomunidad de Servicios Sociales de Atención Social Básica Zona de Barros

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Posteriormente cada opositor dará lectura a su ejercicio ante el tribunal, pudiendo éste realizar las preguntas
que estime oportunas relacionadas con el ejercicio o con las funciones propias del trabajador social y de su
desempeño.
Esta prueba será valorada de 0 a 10 puntos.
6.2.- Calendario de realización de pruebas. - La fecha, hora y lugar de la celebración del primer ejercicio, se dará a conocer
en la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
6.3.- Si por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar el lugar, fecha o la hora de celebración del primer ejercicio
deberá publicarse en los tablones de anuncios de los que disponen los Ayuntamientos que forma parte de la
Mancomunidad "Zona de Barros".
6.4.- Llamamiento y orden de actuación de las personas aspirantes. - Los/as aspirantes serán convocados/as para cada
ejercicio en llamamiento único.
Salvo los casos de fuerza mayor invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal, con
absoluta libertad de criterio, la no presentación de un/a aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento
de ser llamado/a determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los
sucesivos, quedando excluidos/as en consecuencia, del procedimiento selectivo. El orden en que habrán de actuar las
personas aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando
comienzo por el/a aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra que resultó de conformidad con el sorteo celebrado a
tal efecto por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y publicado en la Resolución de 25 de julio
de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
6.5.-Calificación. - En la fase del caso práctico la calificación se obtendrá quitando la nota máxima y mínima y sumando las
restantes puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal, y dividiendo el total por el número de notas
restantes, siendo el cociente la calificación definitiva.
6.6.- Calificación definitiva y orden de colocación. - La calificación definitiva de los/as aspirantes estará determinada por la
suma de las calificaciones parciales de la prueba tipo test y del caso práctico.
El orden de colocación de los/as aspirantes en la lista definitiva de seleccionados/as se establecerá de mayor a menor
puntuación.
7. Calificación definitiva, relación de aprobados/as y presentación de documentos.
Resultará seleccionado/a la persona aspirante que obtenga la mayor puntuación una vez realizada la suma de las
puntuaciones obtenidas. En caso de empate, éste se dirimirá a favor de aquella persona aspirante que haya alcanzado
mayor puntuación en la prueba tipo test, luego en el apartado de caso práctico. De persistir en el empate, se resolverá por
sorteo. Efectuada dicha clasificación definitiva, el Tribunal publicará en los tablones de anuncios de los ayuntamientos que
conforman la Mancomunidad, el resultado de la oposición en que aparezca los resultados finales y el nombre y apellido de
la persona candidata que resulte seleccionada, que se elevará con el acta, al Sr. Presidente de la Mancomunidad para la
formalización del correspondiente contrato que, en todo caso, tendrá carácter laboral con un periodo de prueba de 1 mes.
La persona aspirante propuesta, presentará en la Secretaría de la Mancomunidad, dentro del plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado final, los documentos acreditativos de los requisitos que
para tomar parte en la misma se exige en la base segunda de la convocatoria. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos
de fuerza mayor, la persona aspirante propuesta no presentara la documentación o no reuniera algunos de los requisitos
exigidos, no podrá ser contratada y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas.
En este caso, el Sr. Presidente formalizará el contrato con la siguiente persona aspirante en la lista, y así sucesivamente.
8. Incidencias.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se podrán interponer
impugnaciones por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas
necesarias para el buen orden del concurso en aquellos aspectos no contemplados en estas bases, siendo en todo caso
aplicable, para lo no previsto en la presente convocatoria: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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