Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04094/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Campanario Avanza"
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Ayuntamiento de Campanario
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2. Estas acciones se instrumentarán mediante técnicas de entrenamiento de habilidades y construcción de
equipos, desarrollo de aspectos personales y de las competencias básicas y genéricas.
3. Acoger, fidelizar, motivar e informar acerca de los objetivos del proyecto y compromisos.
4. Abordar aspectos de desarrollo personal y social.
5. Identificar si la persona se adecúa a las necesidades laborales del entorno o territorio y de las empresas
vinculadas al mismo; si domina los instrumentos métodos y acciones necesarias para ofertarse e insertarse
en el mercado de trabajo y si puede establecer contactos con las empresas o explorar las potencialidades del
autoempleo y el emprendimiento.
6. Realizar sesiones de información y conocimiento del entorno productivo, con el fin de conocer el sector y
sus ocupaciones.
7. Conocer las necesidades personales, motivaciones, competencias ya adquiridas y sus potencialidades
profesionales, así como los aspectos personales y habilidades menos desarrolladas que habría que adquirir
y/o fomentar, realizando para ello:
a. Sesiones de evaluación individualizada en las que se analizará el perfil formativo y/o laboral,
su situación personal, identificando sus carencias y motivaciones, buscando la adaptación a sus
expectativas.
b. Realizar sesiones de orientación y talleres de desarrollo de aspectos personales para el
empleo, llevando a cabo actuaciones de asesoramiento y/o información y trabajando el
autoconocimiento, la gestión de las emociones, la orientación del proceso personal de
formación, el descubrimiento de las fortalezas y las motivaciones para abordar el presente y el
futuro, las preferencias profesionales y el conocimiento general del mundo laboral, con
información sobre derechos y deberes de las personas trabajadoras entre otros.
8. Creación de equipos de trabajo para la puesta en marcha de objetivos comunes de búsqueda de empleo o
de ideas de proyectos emprendedores similares con el fin de hacerlos viables.
9. Fomento de la iniciativa y el espíritu emprendedor. Todas las actividades podrán ser individuales y/o
grupales, según las características del colectivo y de la actividad. Además, deberán ser flexibles en función de
las necesidades de cada participante.
Otras funciones derivadas del puesto de trabajo:
10. Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos.
11. Previsión, elaboración, y control presupuestario de las cantidades consignadas para el desarrollo de las
actividades.
12. Apoyo, control y seguimiento de las actuaciones en el ámbito de la seguridad e higiene.
13. Desarrollar los procesos de comunicación y archivo documental generados en la actividad del proyecto.
14. Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación, seguimiento y evaluación
de los contenidos teórico-prácticos y de los trabajos a realizar por los alumnos trabajadores en su aspecto
formativo.
15. Implementar una metodología a utilizar por el equipo para que el proyecto formativo facilite el trabajo por
competencias.
Docente:
1. Planificación, programación, seguimiento y evaluación de los contenidos teórico - prácticos de su
especialidad, según lo establecido en el Real Decreto 659/2023, de 19 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional y en lo no derogado de la Orden ESS/1894/2013, de 10 de
octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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equipos, desarrollo de aspectos personales y de las competencias básicas y genéricas.
3. Acoger, fidelizar, motivar e informar acerca de los objetivos del proyecto y compromisos.
4. Abordar aspectos de desarrollo personal y social.
5. Identificar si la persona se adecúa a las necesidades laborales del entorno o territorio y de las empresas
vinculadas al mismo; si domina los instrumentos métodos y acciones necesarias para ofertarse e insertarse
en el mercado de trabajo y si puede establecer contactos con las empresas o explorar las potencialidades del
autoempleo y el emprendimiento.
6. Realizar sesiones de información y conocimiento del entorno productivo, con el fin de conocer el sector y
sus ocupaciones.
7. Conocer las necesidades personales, motivaciones, competencias ya adquiridas y sus potencialidades
profesionales, así como los aspectos personales y habilidades menos desarrolladas que habría que adquirir
y/o fomentar, realizando para ello:
a. Sesiones de evaluación individualizada en las que se analizará el perfil formativo y/o laboral,
su situación personal, identificando sus carencias y motivaciones, buscando la adaptación a sus
expectativas.
b. Realizar sesiones de orientación y talleres de desarrollo de aspectos personales para el
empleo, llevando a cabo actuaciones de asesoramiento y/o información y trabajando el
autoconocimiento, la gestión de las emociones, la orientación del proceso personal de
formación, el descubrimiento de las fortalezas y las motivaciones para abordar el presente y el
futuro, las preferencias profesionales y el conocimiento general del mundo laboral, con
información sobre derechos y deberes de las personas trabajadoras entre otros.
8. Creación de equipos de trabajo para la puesta en marcha de objetivos comunes de búsqueda de empleo o
de ideas de proyectos emprendedores similares con el fin de hacerlos viables.
9. Fomento de la iniciativa y el espíritu emprendedor. Todas las actividades podrán ser individuales y/o
grupales, según las características del colectivo y de la actividad. Además, deberán ser flexibles en función de
las necesidades de cada participante.
Otras funciones derivadas del puesto de trabajo:
10. Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos.
11. Previsión, elaboración, y control presupuestario de las cantidades consignadas para el desarrollo de las
actividades.
12. Apoyo, control y seguimiento de las actuaciones en el ámbito de la seguridad e higiene.
13. Desarrollar los procesos de comunicación y archivo documental generados en la actividad del proyecto.
14. Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación, seguimiento y evaluación
de los contenidos teórico-prácticos y de los trabajos a realizar por los alumnos trabajadores en su aspecto
formativo.
15. Implementar una metodología a utilizar por el equipo para que el proyecto formativo facilite el trabajo por
competencias.
Docente:
1. Planificación, programación, seguimiento y evaluación de los contenidos teórico - prácticos de su
especialidad, según lo establecido en el Real Decreto 659/2023, de 19 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional y en lo no derogado de la Orden ESS/1894/2013, de 10 de
octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los
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