Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04094/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Campanario Avanza"
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Ayuntamiento de Campanario
Anuncio 4094/2024
4) Comunicación del recurso.
Se remitirá informe a la Dirección General de Formación para el Empleo de las faltas graves y muy graves.
El trabajador tendrá derecho a apelar la sanción presentando por escrito y dentro de un plazo de 3 días hábiles desde la
notificación las alegaciones oportunas.
En el caso de faltas muy graves (baja definitiva) requerirá la tramitación establecida en normativa concordante del Programa
Colaborativo Rural "Ateneo".
La instrucción del expediente sancionador será iniciada por la coordinación, a propuesta escrita del monitor o por propia
iniciativa.
La sanción requerirá comunicación escrita y motivada al inculpado, concediéndole un plazo de 3 días para que alegue en su
defensa lo que estime oportuno. Seguidamente, la dirección si así lo estima pertinente, dará traslado de la propuesta de
sanción a la entidad promotora, que corroborará la resolución definitiva con notificación al interesado.
La baja definitiva o exclusión del alumno-trabajador, propuesta por la dirección del proyecto, requerirá la tramitación de un
expediente disciplinario según la normativa concordante del programa de escuelas profesionales, y será impuesta por el
representante legal de la entidad promotora.
Cláusula: Durante el período de prueba no será necesaria la comunicación por escrito de las faltas, pudiéndose notificar
verbalmente por parte del personal de la dirección del proyecto.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Reglamento de régimen interno, podrá ser modificado por el equipo directivo y técnico del proyecto previo
conocimiento de la entidad promotora, siendo dichas modificaciones revisadas por el órgano competente.
Una vez leído y aprobado por la totalidad de los miembros del Colaborativo Rural "Ateneo" Campanario Avanza y el
representante legal de la entidad promotora, se firma para dar conformidad al documento".
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Mérida, en el plazo de 2 meses a contar desde
el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Campanario, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel María Calderón Trenado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Se remitirá informe a la Dirección General de Formación para el Empleo de las faltas graves y muy graves.
El trabajador tendrá derecho a apelar la sanción presentando por escrito y dentro de un plazo de 3 días hábiles desde la
notificación las alegaciones oportunas.
En el caso de faltas muy graves (baja definitiva) requerirá la tramitación establecida en normativa concordante del Programa
Colaborativo Rural "Ateneo".
La instrucción del expediente sancionador será iniciada por la coordinación, a propuesta escrita del monitor o por propia
iniciativa.
La sanción requerirá comunicación escrita y motivada al inculpado, concediéndole un plazo de 3 días para que alegue en su
defensa lo que estime oportuno. Seguidamente, la dirección si así lo estima pertinente, dará traslado de la propuesta de
sanción a la entidad promotora, que corroborará la resolución definitiva con notificación al interesado.
La baja definitiva o exclusión del alumno-trabajador, propuesta por la dirección del proyecto, requerirá la tramitación de un
expediente disciplinario según la normativa concordante del programa de escuelas profesionales, y será impuesta por el
representante legal de la entidad promotora.
Cláusula: Durante el período de prueba no será necesaria la comunicación por escrito de las faltas, pudiéndose notificar
verbalmente por parte del personal de la dirección del proyecto.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Reglamento de régimen interno, podrá ser modificado por el equipo directivo y técnico del proyecto previo
conocimiento de la entidad promotora, siendo dichas modificaciones revisadas por el órgano competente.
Una vez leído y aprobado por la totalidad de los miembros del Colaborativo Rural "Ateneo" Campanario Avanza y el
representante legal de la entidad promotora, se firma para dar conformidad al documento".
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Mérida, en el plazo de 2 meses a contar desde
el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Campanario, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel María Calderón Trenado.
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