Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (04051/2024)
Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro en localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para acciones que fomenten la igualdad de oportunidades y faciliten la participación social
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Igualdad
Anuncio 4051/2024
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos.
Anexo IV: Cuenta justificativa del proyecto.
Anexo V: Indicadores de resultado y actividad de la convocatoria.
Anexo VI: Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención destinada a
asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro y con sede
social en localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para el desarrollo de
acciones que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y faciliten la
participación social de las mujeres rurales, durante el ejercicio 2024.
Anexo IX: Remisión de documentación para subsanación justificación de subvención a asociaciones de
mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro y con sede social en
localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para el desarrollo de acciones
que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y faciliten la participación social
de las mujeres rurales, durante el ejercicio 2024.
Los documentos de remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de justificación
adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, debidamente firmados por el órgano
competente, y digitalizados.
Todos los anexos se podrán descargar en la siguiente dirección Web:
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
D. Justificación técnica. Se deberá presentar una memoria final firmada por la representación legal de la
misma en la que se haga una declaración de las actividades realizadas, la incidencia de estas actividades en
los distintos municipios de la provincia, que serán como mínimo tres y los resultados obtenidos, incluyendo
de forma expresa los indicadores establecidos en la base 13. Asimismo adjuntará a esta memoria copia de
todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización del proyecto,
destacando dónde y cómo han hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y el uso de su
imagen corporativa.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para
su aportación.
En el caso de que la entidad beneficiaria desarrolle recursos como fin del proyecto subvencionado, harán
llegar al Servicio de Igualdad de Diputación de Badajoz 2 ejemplares de dichos recursos (guías, material
didáctico, material audiovisual, libros, etc.) preferentemente en formato digital si fuera posible o en su caso
formato analógico para fondo documental.
E. Justificación económica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
E.1. Importe a justificar.
El importe a justificar es aquel que resulte de la cantidad subvencionada por Diputación. No
obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la
subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas. De no justificarse así, la Diputación exigirá el reintegro por el
porcentaje correspondiente al importe no justificado.
E.2. Documentación a aportar:
E.2.1. Anexo de cuenta justificativa (anexo IV) debidamente cumplimentado, y
que contendrá:
1. Datos de la entidad que justifica.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 16 de 34
Anuncio 4051/2024
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos.
Anexo IV: Cuenta justificativa del proyecto.
Anexo V: Indicadores de resultado y actividad de la convocatoria.
Anexo VI: Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención destinada a
asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro y con sede
social en localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para el desarrollo de
acciones que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y faciliten la
participación social de las mujeres rurales, durante el ejercicio 2024.
Anexo IX: Remisión de documentación para subsanación justificación de subvención a asociaciones de
mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro y con sede social en
localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para el desarrollo de acciones
que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y faciliten la participación social
de las mujeres rurales, durante el ejercicio 2024.
Los documentos de remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de justificación
adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, debidamente firmados por el órgano
competente, y digitalizados.
Todos los anexos se podrán descargar en la siguiente dirección Web:
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
D. Justificación técnica. Se deberá presentar una memoria final firmada por la representación legal de la
misma en la que se haga una declaración de las actividades realizadas, la incidencia de estas actividades en
los distintos municipios de la provincia, que serán como mínimo tres y los resultados obtenidos, incluyendo
de forma expresa los indicadores establecidos en la base 13. Asimismo adjuntará a esta memoria copia de
todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización del proyecto,
destacando dónde y cómo han hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y el uso de su
imagen corporativa.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para
su aportación.
En el caso de que la entidad beneficiaria desarrolle recursos como fin del proyecto subvencionado, harán
llegar al Servicio de Igualdad de Diputación de Badajoz 2 ejemplares de dichos recursos (guías, material
didáctico, material audiovisual, libros, etc.) preferentemente en formato digital si fuera posible o en su caso
formato analógico para fondo documental.
E. Justificación económica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
E.1. Importe a justificar.
El importe a justificar es aquel que resulte de la cantidad subvencionada por Diputación. No
obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la
subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas. De no justificarse así, la Diputación exigirá el reintegro por el
porcentaje correspondiente al importe no justificado.
E.2. Documentación a aportar:
E.2.1. Anexo de cuenta justificativa (anexo IV) debidamente cumplimentado, y
que contendrá:
1. Datos de la entidad que justifica.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 16 de 34