Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04039/2024)
Convenio de colaboración para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
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organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados
miembros que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal
de manera previa, salvo que tal derecho lo prohíba por razones importantes de
interés público.
c) Llevar, por escrito, salvo que pueda acogerse a alguna de las excepciones del
artículo 30.5 del RGPD, un registro de todas las categorías de actividades de
tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga, conforme al
artículo 30.2 del RGPD:
1. El nombre y los datos de contacto del encargado y de cada
responsable por cuenta del cual actúe el encargado.
2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada
responsable.
3. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas
de seguridad apropiadas que esté aplicando al tratamiento de los
datos.
d) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la
autorización expresa del responsable, en los supuestos legalmente admisibles.
e) Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los
que haya tenido acceso en virtud del presente convenio, incluso después de que
finalice el mismo.
f) Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se
comprometan de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a
cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que el encargado les
informará convenientemente. El encargado mantendrá a disposición del
responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación.
g) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos
personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
h) Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación,
supresión y oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de datos ante el
encargado, este debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección que
indique el responsable. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en
ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud,
juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para
resolver la solicitud.
i) Notificación de violaciones de la seguridad de los datos. El encargado notificará
al responsable, sin dilación indebida y a través de la dirección de correo
electrónico que le indique el responsable, las violaciones de la seguridad de los
datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda
la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
Se facilitará, como mínimo, la información siguiente.
Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos
personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número
aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número
aproximado de registros de datos personales afectados.
Datos de la persona de contacto del encargado para obtener más
información.
Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad
de los datos personales.
Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio
a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si
procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos
negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados
miembros que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal
de manera previa, salvo que tal derecho lo prohíba por razones importantes de
interés público.
c) Llevar, por escrito, salvo que pueda acogerse a alguna de las excepciones del
artículo 30.5 del RGPD, un registro de todas las categorías de actividades de
tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga, conforme al
artículo 30.2 del RGPD:
1. El nombre y los datos de contacto del encargado y de cada
responsable por cuenta del cual actúe el encargado.
2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada
responsable.
3. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas
de seguridad apropiadas que esté aplicando al tratamiento de los
datos.
d) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la
autorización expresa del responsable, en los supuestos legalmente admisibles.
e) Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los
que haya tenido acceso en virtud del presente convenio, incluso después de que
finalice el mismo.
f) Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se
comprometan de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a
cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que el encargado les
informará convenientemente. El encargado mantendrá a disposición del
responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación.
g) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos
personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
h) Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación,
supresión y oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de datos ante el
encargado, este debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección que
indique el responsable. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en
ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud,
juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para
resolver la solicitud.
i) Notificación de violaciones de la seguridad de los datos. El encargado notificará
al responsable, sin dilación indebida y a través de la dirección de correo
electrónico que le indique el responsable, las violaciones de la seguridad de los
datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda
la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
Se facilitará, como mínimo, la información siguiente.
Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos
personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número
aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número
aproximado de registros de datos personales afectados.
Datos de la persona de contacto del encargado para obtener más
información.
Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad
de los datos personales.
Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio
a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si
procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos
negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en
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