Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04043/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "Construye La Torre I"
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Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero

Anuncio 4043/2024

adoptadas por el equipo docente las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto el
cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del trabajador participante.
g. Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo con las
tareas que les sean encomendadas por el profesorado.
h. Guardar el debido respeto a compañeros y compañeras, manteniendo un trato de corrección y
colaborando con ellos y ellas en el trabajo cuando sea necesario.
i. Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del proyecto y de la entidad promotora.
j. Hacerse responsables del vestuario, de los medios didácticos proporcionados y de las herramientas que les
sean entregadas para su trabajo, cuidándolas y guardándolas de modo conveniente y haciéndose cargo de su
reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso de los mismos, siempre que se demuestre la falta de
diligencia de la alumna en tales circunstancias.
En tal sentido indicar que la ropa de trabajo proporcionada ha de ser utilizada únicamente en actividades
desarrolladas en el proyecto y por personal perteneciente al mismo, y por tanto, autorizado para ello.
k. Es obligatorio el uso del vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los 30
minutos de descanso establecido.
l. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que se desempeña, siendo conscientes en
todo momento de que de nosotros depende la "imagen" que el proyecto ofrece al municipio y a su entorno
(incluidos nuestros posibles empleadores futuros).
m. Informar al proyecto, en horario de 8:00 a 9:00, de la no asistencia al trabajo cuando por causas
imprevistas se produzca la imposibilidad justificada de incorporación al centro.
n. Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al
rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del proyecto,
garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
ñ. Cuidar y mantener las condiciones higiénicas y de limpieza de las instalaciones puestas a disposición del
proyecto.
IV. RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
Artículo 15.- Faltas.
A) Las faltas cometidas por el alumnado en el ejercicio de sus funciones podrán ser: Leves, graves y muy
graves, estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como las sanciones correspondientes a
cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
- La impuntualidad no justificada en la entrada en el centro o en la incorporación a las distintas tareas y
actividades.
- Una falta de asistencia injustificada al trabajo en un mes.
- Abandonar el centro momentáneamente durante la jornada de trabajo sin el permiso correspondiente. En
caso de que se estén realizando tareas fuera del centro formativo, su abandono tendrá la misma
consideración.
- El retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de sus funciones formativo- laborales.
- La ligera incorrección, desconsideración o falta de respecto con el equipo directivo docente del proyecto,
compañeras, usuarios y usuarias de los servicios, o público en general.
- El descuido en la conservación de los locales, el material y los documentos del servicio, siempre que no se
causen graves perjuicios, así como su utilización sin permiso previo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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