Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Presidencia. Secretaría General (Badajoz). (04029/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de evaluación del desempeño y carrera profesional horizontal de la Diputación de Badajoz y sus organismos autónomos
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Presidencia
Anuncio 4029/2024
Permisos y reducciones de jornada
Jornada anual inferior a la
ordinaria/jornada a tiempo
parcial/jubilación parcial
Tiempo de ejercicio
profesional
Evaluación del
desempeño
Percepción del
complemento de
carrera
Computará el tiempo de
desempeño en los mismos
términos que al personal con
jornada de trabajo ordinaria
(artículo 6, apartado 4)
Evaluación anual
(artículo 15, apartado
7)
Abono proporcional a
la jornada efectiva de
trabajo
(artículo 10, apartado
8)
Otras situaciones
Tiempo de ejercicio profesional
Evaluación del
desempeño
Percepción del
complemento de carrera
Incapacidad temporal
Computable dicho periodo en el
grupo/subgrupo en el que se
encontrase con anterioridad a pasar
a dicha situación
(artículo 6, apartado 5)
En suspenso mientras se
encuentre en dicha
situación
(artículo 15, apartado 8)
Derecho a percepción del
complemento
(artículo 10, apartado 9)
Funciones sindicales
Computable dicho periodo en el
grupo/subgrupo en el que se
encontrase con anterioridad a pasar
a dicha situación
(artículo 6, apartado 5)
Si la duración es el año
natural completo, o
supera el 75% del año:
se considera positiva su
evaluación del
desempeño
(artículo 15, apartado 9)
Derecho a percepción del
complemento que
corresponda
(artículo 10, apartado 9)
Sanción disciplinaria
de demérito
Se reconoce en su grupo/subgrupo,
pero en suspensión la posibilidad de
solicitar el reconocimiento de un
nuevo tramo
(artículo 8)
Evaluación anual
(artículo 8)
Derecho a percepción del
complemento que
corresponda
(artículo 8)
Atribución temporal
de funciones
Computable dicho periodo en el
grupo/subgrupo de origen
(artículo 7, apartado 2)
Si la duración es superior
a 3 meses: se tendrán en
cuenta en la evaluación
del desempeño
(artículo 15, apartado 10)
Derecho a percepción del
complemento que
corresponda
Incumplimiento de la
jornada laboral anual
/ Huelga.
Computará el tiempo de desempeño
en los mismos términos que al
personal con jornada de trabajo
ordinaria
(artículo 6, apartado 4)
Evaluación anual
(artículo 15, apartado 7)
Podrá suponer una
reducción proporcional
del complemento
(artículo 10, apartado 10)
Badajoz, a fecha de la firma digital.-
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Jornada anual inferior a la
ordinaria/jornada a tiempo
parcial/jubilación parcial
Tiempo de ejercicio
profesional
Evaluación del
desempeño
Percepción del
complemento de
carrera
Computará el tiempo de
desempeño en los mismos
términos que al personal con
jornada de trabajo ordinaria
(artículo 6, apartado 4)
Evaluación anual
(artículo 15, apartado
7)
Abono proporcional a
la jornada efectiva de
trabajo
(artículo 10, apartado
8)
Otras situaciones
Tiempo de ejercicio profesional
Evaluación del
desempeño
Percepción del
complemento de carrera
Incapacidad temporal
Computable dicho periodo en el
grupo/subgrupo en el que se
encontrase con anterioridad a pasar
a dicha situación
(artículo 6, apartado 5)
En suspenso mientras se
encuentre en dicha
situación
(artículo 15, apartado 8)
Derecho a percepción del
complemento
(artículo 10, apartado 9)
Funciones sindicales
Computable dicho periodo en el
grupo/subgrupo en el que se
encontrase con anterioridad a pasar
a dicha situación
(artículo 6, apartado 5)
Si la duración es el año
natural completo, o
supera el 75% del año:
se considera positiva su
evaluación del
desempeño
(artículo 15, apartado 9)
Derecho a percepción del
complemento que
corresponda
(artículo 10, apartado 9)
Sanción disciplinaria
de demérito
Se reconoce en su grupo/subgrupo,
pero en suspensión la posibilidad de
solicitar el reconocimiento de un
nuevo tramo
(artículo 8)
Evaluación anual
(artículo 8)
Derecho a percepción del
complemento que
corresponda
(artículo 8)
Atribución temporal
de funciones
Computable dicho periodo en el
grupo/subgrupo de origen
(artículo 7, apartado 2)
Si la duración es superior
a 3 meses: se tendrán en
cuenta en la evaluación
del desempeño
(artículo 15, apartado 10)
Derecho a percepción del
complemento que
corresponda
Incumplimiento de la
jornada laboral anual
/ Huelga.
Computará el tiempo de desempeño
en los mismos términos que al
personal con jornada de trabajo
ordinaria
(artículo 6, apartado 4)
Evaluación anual
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Podrá suponer una
reducción proporcional
del complemento
(artículo 10, apartado 10)
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