Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04031/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de Agente Vigilante para el Servicio de Rentas de Tributos
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
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Si efectuado el llamamiento el aspirante no atendiera al mismo, quedará automáticamente excluido de la bolsa, salvo causa
de fuerza mayor alegada y suficientemente acreditada en el citado momento que imposibilitara la incorporación. En todo
caso, en este último supuesto, de producirse un posterior llamamiento y mantenerse la decisión de no incorporarse al
puesto de trabajo, se procederá a su exclusión de la bolsa de trabajo.
En todo caso, los integrantes de la bolsa de trabajo únicamente serán titulares de una expectativa de derecho a ser
contratados temporalmente, por orden de puntuación, para los casos que lo precisen.
Efectuado el llamamiento de un integrante de la bolsa de trabajo, el aspirante aportara en el registro general de este
Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el llamamiento, los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria a que hace referencia la base novena.
Undécima.- Igualdad de género en el lenguaje.
En los casos en que este documento y sucesivos que se publiquen sobre este proceso selectivo, utilizan sustantivos de
género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por mera
economía en la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia del sexo de las personas aludidas o de los
titulares de dichos cargos o puestos, con estricta igualdad en cuanto a efectos jurídicos.
Decimosegunda.- Incidencias y recursos.
Para todo lo no previsto expresamente en estas bases, el Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan
presentarse y adoptar las soluciones, criterios o decisiones necesarias para el buen orden del proceso selectivo, siendo de
aplicación lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo II del Título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y, supletoriamente, el Reglamento General de ingreso del personal al
Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como las demás normas concordantes de general aplicación.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal se podrá formular impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común, así como, en su caso, en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa 29/1998.
Decimotercera.- Disponibilidad de las bases.
Las presentes bases en original están a disposición de los interesados en el departamento de personal de este Excmo.
Ayuntamiento, también pueden consultarse en la página web del mismo. El Ayuntamiento facilitará copia del modelo de
solicitud (anexo II), a quien lo solicite.
__________________
ANEXO I: TEMARIO
Tema 1: La Constitución Española de 1978: Características y Estructura. Reforma de la Constitución. Derechos y libertades.
De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. De los derechos y deberes de los ciudadanos.
Tema 2: El Estatuto de Autonomía de Extremadura. Título Preliminar. Título I.
Tema 3: El Municipio: Concepto y elementos. Organización municipal. Competencias.
Tema 4: El Alcalde: elección, deberes, y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. Junta de Gobierno Local.
Tema 5: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título I.
Capítulo I: La capacidad de obrar y el concepto de interesado.
Tema 6: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título I.
Capítulo II: Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 7: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Título II.
Capítulo I: Normas generales de actuación.
Tema 8: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Título II.
Capítulo II: Términos y plazos.
Tema 9: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Título III:
Capítulo I, II Y III.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Si efectuado el llamamiento el aspirante no atendiera al mismo, quedará automáticamente excluido de la bolsa, salvo causa
de fuerza mayor alegada y suficientemente acreditada en el citado momento que imposibilitara la incorporación. En todo
caso, en este último supuesto, de producirse un posterior llamamiento y mantenerse la decisión de no incorporarse al
puesto de trabajo, se procederá a su exclusión de la bolsa de trabajo.
En todo caso, los integrantes de la bolsa de trabajo únicamente serán titulares de una expectativa de derecho a ser
contratados temporalmente, por orden de puntuación, para los casos que lo precisen.
Efectuado el llamamiento de un integrante de la bolsa de trabajo, el aspirante aportara en el registro general de este
Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el llamamiento, los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria a que hace referencia la base novena.
Undécima.- Igualdad de género en el lenguaje.
En los casos en que este documento y sucesivos que se publiquen sobre este proceso selectivo, utilizan sustantivos de
género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por mera
economía en la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia del sexo de las personas aludidas o de los
titulares de dichos cargos o puestos, con estricta igualdad en cuanto a efectos jurídicos.
Decimosegunda.- Incidencias y recursos.
Para todo lo no previsto expresamente en estas bases, el Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan
presentarse y adoptar las soluciones, criterios o decisiones necesarias para el buen orden del proceso selectivo, siendo de
aplicación lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo II del Título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y, supletoriamente, el Reglamento General de ingreso del personal al
Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como las demás normas concordantes de general aplicación.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal se podrá formular impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común, así como, en su caso, en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa 29/1998.
Decimotercera.- Disponibilidad de las bases.
Las presentes bases en original están a disposición de los interesados en el departamento de personal de este Excmo.
Ayuntamiento, también pueden consultarse en la página web del mismo. El Ayuntamiento facilitará copia del modelo de
solicitud (anexo II), a quien lo solicite.
__________________
ANEXO I: TEMARIO
Tema 1: La Constitución Española de 1978: Características y Estructura. Reforma de la Constitución. Derechos y libertades.
De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. De los derechos y deberes de los ciudadanos.
Tema 2: El Estatuto de Autonomía de Extremadura. Título Preliminar. Título I.
Tema 3: El Municipio: Concepto y elementos. Organización municipal. Competencias.
Tema 4: El Alcalde: elección, deberes, y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. Junta de Gobierno Local.
Tema 5: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título I.
Capítulo I: La capacidad de obrar y el concepto de interesado.
Tema 6: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título I.
Capítulo II: Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 7: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Título II.
Capítulo I: Normas generales de actuación.
Tema 8: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Título II.
Capítulo II: Términos y plazos.
Tema 9: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Título III:
Capítulo I, II Y III.
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