Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconera. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (04008/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interior del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Alconera Verde"
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Alconera

Anuncio 4008/2024

i. Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material tanto del Programa Colaborativo Rural
Ateneo "Alconera Verde" así como de la entidad promotora y de los diferentes entornos de actuación.
j. Hacerse responsables del vestuario, herramienta, utillaje o maquinaria al uso (docentes y discentes) que les
sean entregadas para su trabajo, cuidándola y guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su
reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso de la misma, siempre que se demuestre la falta de
diligencia por parte del usuario en tales circunstancias. En tal sentido indicar que la ropa de trabajo ha de ser
utilizada únicamente en actividades desarrolladas en el Programa Colaborativo Rural Ateneo "Alconera Verde"
y por el personal autorizado. Quedando prohibido su uso y disfrute fuera de las horas establecida en la
jornada laboral.
k. Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los 30 minutos de
descanso establecidos, salvo en actividades muy concretas y por deseo expreso de la Dirección del Programa
Colaborativo Rural Ateneo "Alconera Verde" o por la propia entidad promotora.
l. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en todo
momento de que de ellos depende la "Imagen" que el Programa Colaborativo Rural Ateneo "Alconera Verde"
ofrece a los municipios integrantes de este Programa.
m. Informar por parte de cualquier miembro del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Alconera Verde", al
Director o a cualquier otro miembro, en su caso y en horario de 7:00 a 8:00, de la no asistencia al trabajo,
cuando por causas imprevistas se produzca la imposibilidad justificada de incorporación al centro, para evitar
posibles desarreglos en horarios, planificación en el trabajo y perjuicios a los compañeros y en definitiva al
desarrollo normal de la actividad del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Alconera Verde".
o. Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al
rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del programa,
garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad y privacidad individual.
Artículo 11.- Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
A) Las faltas:
Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como las
sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
Hasta tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes, entendiendo por falta de
puntualidad todo retraso superior a diez minutos.
El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las actividades formativas
como en el trabajo propio del Programa.
Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo y el consiguiente
perjuicio para los compañeros.
Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos el tiempo de descanso).
La no presentación en tiempo oportuno y reglamentado (tres días a partir de la ausencia en el trabajo)
de los justificantes, salvo que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
Fumar en zonas no permitidas.
Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al Programa Colaborativo Rural Ateneo "Alconera
Verde" sin previo aviso o permiso correspondiente, poniéndola en posible riesgo y responsabilizando
consecuentemente a la dirección.
Uso de dispositivos móviles, reproductores musicales, en momentos de clase o trabajo real.
En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido inexcusable.
A.2.- Faltas graves:
Hasta seis faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de tres meses, entendiendo por falta
de puntualidad todo retraso superior a diez minutos.
La falta de obediencia debida al personal directivo y docente del Programa Colaborativo Rural Ateneo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 8 de 12