Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03972/2024)
Bases de la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva, destinadas a entidades sociales sin ánimo de lucro para el año 2024
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 3972/2024
2.3. Valoración del proyecto presentado:
- La adecuación preferente de los proyectos a los contenidos del objeto y
finalidad de la convocatoria: 15 puntos.
- La calidad técnica del proyecto presentado, que debe incluir una justificación
cualitativa de la necesidad de la puesta en marcha del proyecto (fundamentación
sobre la necesidad de crear el programa) o de su continuidad (en el caso de
proyectos consolidados). Debe de contener, además, cada uno de los apartados
que se reflejan en el anexo III (denominación del proyecto o actividad, tipo de
proyecto, duración, calendario de ejecución, lugar de celebración, público al que
se dirige y número aproximado de personas beneficiarias del proyecto o
actividad, objetivos, metodología, recursos, descripción detallada del proyecto,
presupuesto y evaluación): 20 puntos.
- La coordinación con otras asociaciones, entidades y/o administraciones
públicas para el desarrollo del proyecto y actividades propuestos, el grado de
adecuación de los proyectos y actividades a los contenidos, objetivos y
prioridades de los planes y programas desarrollados desde el ámbito local y su
coordinación con los servicios municipales:
Coordinación con el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo y otras
entidades públicas para el desarrollo del proyecto: 10 puntos.
Coordinación con el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo para el
desarrollo del proyecto: 5 puntos.
Coordinación con otras entidades públicas para el desarrollo del
proyecto: 5 puntos.
No existe coordinación con otras entidades: 0 puntos.
- Coste y viabilidad económica del proyecto: 5 puntos.
- Viabilidad económica de la entidad y disposición de medios técnicos y
materiales destinados al desarrollo del proyecto: 5 puntos.
3. Ayudas recibidas por el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo:
- No recibir ayudas para el pago de suministro eléctrico y/o agua, telefonía, Internet, etc: 5
puntos.
- No recibir ayudas para la sede social en conceptos de cesión de uso o alquiler: 5 puntos.
La puntuación máxima para cada solicitud se establece en 100 puntos. Será necesaria una puntuación mínima total de 40
puntos para que el proyecto resulte subvencionado.
10. Criterios de determinación de la cuantía a conceder.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, en los términos establecidos en el artículo
22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de manera que la concesión se realizará, mediante la
comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los
anteriores criterios de valoración.
Para determinar el importe de cada subvención se seguirá el siguiente procedimiento:
1- El importe del crédito reservado en la convocatoria anual se dividirá entre el total de puntos alcanzados por
todas las asociaciones en los proyectos presentados, al objeto de determinar el "valor punto".
2- A continuación, el valor de cada punto se multiplicará por los puntos obtenidos por cada una de las
asociaciones, de manera que a mayor puntuación corresponderá una subvención superior.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 7 de 22
Anuncio 3972/2024
2.3. Valoración del proyecto presentado:
- La adecuación preferente de los proyectos a los contenidos del objeto y
finalidad de la convocatoria: 15 puntos.
- La calidad técnica del proyecto presentado, que debe incluir una justificación
cualitativa de la necesidad de la puesta en marcha del proyecto (fundamentación
sobre la necesidad de crear el programa) o de su continuidad (en el caso de
proyectos consolidados). Debe de contener, además, cada uno de los apartados
que se reflejan en el anexo III (denominación del proyecto o actividad, tipo de
proyecto, duración, calendario de ejecución, lugar de celebración, público al que
se dirige y número aproximado de personas beneficiarias del proyecto o
actividad, objetivos, metodología, recursos, descripción detallada del proyecto,
presupuesto y evaluación): 20 puntos.
- La coordinación con otras asociaciones, entidades y/o administraciones
públicas para el desarrollo del proyecto y actividades propuestos, el grado de
adecuación de los proyectos y actividades a los contenidos, objetivos y
prioridades de los planes y programas desarrollados desde el ámbito local y su
coordinación con los servicios municipales:
Coordinación con el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo y otras
entidades públicas para el desarrollo del proyecto: 10 puntos.
Coordinación con el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo para el
desarrollo del proyecto: 5 puntos.
Coordinación con otras entidades públicas para el desarrollo del
proyecto: 5 puntos.
No existe coordinación con otras entidades: 0 puntos.
- Coste y viabilidad económica del proyecto: 5 puntos.
- Viabilidad económica de la entidad y disposición de medios técnicos y
materiales destinados al desarrollo del proyecto: 5 puntos.
3. Ayudas recibidas por el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo:
- No recibir ayudas para el pago de suministro eléctrico y/o agua, telefonía, Internet, etc: 5
puntos.
- No recibir ayudas para la sede social en conceptos de cesión de uso o alquiler: 5 puntos.
La puntuación máxima para cada solicitud se establece en 100 puntos. Será necesaria una puntuación mínima total de 40
puntos para que el proyecto resulte subvencionado.
10. Criterios de determinación de la cuantía a conceder.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, en los términos establecidos en el artículo
22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de manera que la concesión se realizará, mediante la
comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los
anteriores criterios de valoración.
Para determinar el importe de cada subvención se seguirá el siguiente procedimiento:
1- El importe del crédito reservado en la convocatoria anual se dividirá entre el total de puntos alcanzados por
todas las asociaciones en los proyectos presentados, al objeto de determinar el "valor punto".
2- A continuación, el valor de cada punto se multiplicará por los puntos obtenidos por cada una de las
asociaciones, de manera que a mayor puntuación corresponderá una subvención superior.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 7 de 22