Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03981/2024)
Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Centro de Día
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 3981/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Fuente del Maestre (Badajoz)
Anuncio 3981/2024
Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Centro de Día
ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 31 DE JULIO DE 2024 DE LA ENTIDAD FUENTE DEL MAESTRE POR EL QUE SE APRUEBA
INICIALMENTE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL CENTRO DE DÍA
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de modificación de la de la Ordenanza fiscal
reguladora del Centro de Día "José Manuel Sánchez Rojas" que se detalla a continuación, el Pleno de esta entidad, en sesión
ordinaria celebrada el día 31 de julio de 2024, acordó la aprobación inicial de la referida modificación de la Ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de treinta días hábiles a contar desde el
día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar
el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://fuentedelmaestre.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho
acuerdo.
«ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL CENTRO DE DÍA "JOSÉ MANUEL
SÁNCHEZ ROJAS" DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE DEL MAESTRE
Artículo 1.- Objeto.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la tasa por la prestación de los diferentes servicios en el Centro de día "José
Manuel Sánchez Rojas", cuya gestión corresponde al Ayuntamiento de Fuente del Maestre.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
La presente Ordenanza fiscal será de aplicación en todo el término municipal de esta entidad local, desde su entrada en
vigor y hasta su derogación o modificación expresa.
Artículo 3.- Hecho imposible
Constituye el hecho imposible de la tasa reguladora de la presente Ordenanza, la presentación de determinados servicios
así como el uso, disfrute o utilización de las instalaciones en el centro de día, que incluye los servicios y prestaciones
establecidos para la atención socio-sanitaria de las personas dependientes usuarias del centro.
Dichos servicios se especificarán en el Reglamento de Régimen Interior de dicho centro. Excepto los servicios prestados por
profesionales ajenos como: Peluquería, podólogo, acompañamiento…
Artículo 4.- Obligados al pago.
Están obligados al pago de la tasa regulada en esta Ordenanza, en concepto de contribuyentes, las personas físicas
beneficiarias o usuarias de los diferentes servicios de los que dispone el Centro de Día "José Manuel Sánchez Rojas" o que
hayan obtenido plaza en el mismo.
Serán responsables subsidiarios del pago de las tasas las personas obligadas civilmente o que se encuentren bajo su patria
potestad, conforme a los artículos 154, 206 y 55 del Código Civil, se beneficien de los servicios o actuaciones definidas en el
artículo 3.º de la presente Ordenanza.
Artículo 5.- Tasas del Centro de Día "José Manuel Sánchez Rojas".
Las prestaciones a abonar se determinarán por la aplicación de las tasas establecidas en la presente Ordenanza,
calculándose de conformidad con la clasificación de la plaza y el baremo establecido en los siguientes párrafos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 31 DE JULIO DE 2024 DE LA ENTIDAD FUENTE DEL MAESTRE POR EL QUE SE APRUEBA
INICIALMENTE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL CENTRO DE DÍA
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de modificación de la de la Ordenanza fiscal
reguladora del Centro de Día "José Manuel Sánchez Rojas" que se detalla a continuación, el Pleno de esta entidad, en sesión
ordinaria celebrada el día 31 de julio de 2024, acordó la aprobación inicial de la referida modificación de la Ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de treinta días hábiles a contar desde el
día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar
el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://fuentedelmaestre.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho
acuerdo.
«ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL CENTRO DE DÍA "JOSÉ MANUEL
SÁNCHEZ ROJAS" DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE DEL MAESTRE
Artículo 1.- Objeto.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la tasa por la prestación de los diferentes servicios en el Centro de día "José
Manuel Sánchez Rojas", cuya gestión corresponde al Ayuntamiento de Fuente del Maestre.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
La presente Ordenanza fiscal será de aplicación en todo el término municipal de esta entidad local, desde su entrada en
vigor y hasta su derogación o modificación expresa.
Artículo 3.- Hecho imposible
Constituye el hecho imposible de la tasa reguladora de la presente Ordenanza, la presentación de determinados servicios
así como el uso, disfrute o utilización de las instalaciones en el centro de día, que incluye los servicios y prestaciones
establecidos para la atención socio-sanitaria de las personas dependientes usuarias del centro.
Dichos servicios se especificarán en el Reglamento de Régimen Interior de dicho centro. Excepto los servicios prestados por
profesionales ajenos como: Peluquería, podólogo, acompañamiento…
Artículo 4.- Obligados al pago.
Están obligados al pago de la tasa regulada en esta Ordenanza, en concepto de contribuyentes, las personas físicas
beneficiarias o usuarias de los diferentes servicios de los que dispone el Centro de Día "José Manuel Sánchez Rojas" o que
hayan obtenido plaza en el mismo.
Serán responsables subsidiarios del pago de las tasas las personas obligadas civilmente o que se encuentren bajo su patria
potestad, conforme a los artículos 154, 206 y 55 del Código Civil, se beneficien de los servicios o actuaciones definidas en el
artículo 3.º de la presente Ordenanza.
Artículo 5.- Tasas del Centro de Día "José Manuel Sánchez Rojas".
Las prestaciones a abonar se determinarán por la aplicación de las tasas establecidas en la presente Ordenanza,
calculándose de conformidad con la clasificación de la plaza y el baremo establecido en los siguientes párrafos:
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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