Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. (03953/2024)
Bases para la selección de plaza de Formador de programa de aprendizaje a lo largo de la vida 2024-2025
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Medellín

Anuncio 3953/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Medellín
Medellín (Badajoz)
Anuncio 3953/2024
Bases para la selección de plaza de Formador de programa de aprendizaje a lo largo de la vida 2024-2025

BASES DE SELECCIÓN DE PLAZA DE FORMADOR DE PROGRAMA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA 2024-2025
Mediante decreto de 6 de agosto de 2024 se aprueban las bases de selección para la contratación de un Formador para el
programa de aprendizaje a lo largo de la vida 2024-2025, el cual se transcribe literalmente a continuación:
Es objeto de la presente la convocatoria la contratación de un Formador para la ejecución del programa aprendizaje a lo
largo de la vida subvencionado por la Junta de Extremadura a través de subvención de la Dirección General de Formación
Profesional, Innovación e Inclusión Educativa de 3 de julio de 2024. Se trata de una contratación necesaria para la ejecución
del programa y para la cual el Ayuntamiento no cuenta con recursos suficientes y:
Considerando: Que el artículo 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local me atribuye
como Presidente de la Corporación la aprobación de las bases de contratación del personal al servicio del Ayuntamiento de
Medellín y,
RESUELVO:
Aprobar las bases de selección para una plaza de Formador programa de aprendizaje a lo largo de la vida
2024-2025.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa según el artículo 52.2.a) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el
Alcalde en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación de la resolución
según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien su impugnación directa ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses desde la publicación o
notificación conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosaadministrativa.
En el caso de que se haya interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
recurso de reposición interpuesto.
Medellín, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Rafael Mateos Torres.- CC, la Secretaria-Interventora, María José
Parras Mendoza.
BASES DE SELECCIÓN PARA PLAZA DE FORMADOR PROGRAMA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA 2024-2025.
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la regulación de la selección mediante concurso oposición de un/a Formador/a para
impartir y desarrollar en la localidad de Medellín los programas P03 y P06, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito,
capacidad y publicidad, y de conformidad con lo establecido en el artículo 31 y ss de la Resolución de 22 de marzo de 2024,
de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria
de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, durante el curso 2024/2025 (DOE de 25 de abril de 2024) y Resolución de 3 de julio de 2024 (DOE de 10 de julio
de 2024).
Cada programa (P03 y P06), se desarrollará en el periodo comprendido entre el 01/10/2024 y el 30/06/2025, con una
duración total de 150 horas lectivas cada uno y con la distribución mínima de 8 horas semanales. Por ende, se contratará al
Formador en régimen de contratación laboral temporal, a jornada parcial en función de la distribución horaria del
programa.
Los programas a impartir son:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 8