Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). (03926/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Oficial Electricista, personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso oposición libre, y constitución de bolsa de trabajo
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Ayuntamiento de Zafra

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7.1. Fase de oposición (hasta un máximo de 20 puntos). Constará de dos pruebas o ejercicios independientes
y eliminatorios entre sí. El temario está recogido en el anexo III de la presente convocatoria. La normativa que
expresamente se cita se considerará referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya. En todo
caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección, la normativa vigente el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Primer ejercicio (10 puntos máximo): Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en un máximo de
setenta minutos un cuestionario de 50 preguntas y 10 preguntas adicionales de reserva por orden correlativo,
con tres o cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas será la correcta. Estas preguntas
versarán sobre todo el temario, siendo un mínimo de 10 y un máximo de 20 preguntas sobre el temario
común y un mínimo de 30 y un máximo de 40 preguntas sobre el temario específico.
Cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05, no puntuando ni
penalizando las preguntas no contestadas. Siendo imprescindible una puntuación final de cinco puntos para
superar este ejercicio y pasar al siguiente.
Los aspirantes señalarán en las hojas de examen las opciones de respuesta que estimen válidas, de acuerdo
con las instrucciones que se faciliten.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a las preguntas
o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la publicación de la plantilla de
respuestas correctas y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a la
publicación del anuncio de plantilla provisional en la sede electrónica apartado "tablón de anuncios".
Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Práctico, consistirá en la resolución de un ejercicio o prueba práctica, a
determinar por el Tribunal Calificador, relacionados con las materias específicas del temario anexo, en el
plazo que se indique, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia a la plaza
objeto de la convocatoria. La valoración del ejercicio o prueba práctica será calificada sobre 10 puntos,
debiendo alcanzarse como mínimo cinco puntos para que se considere aprobado.
En el segundo ejercicio, los errores, omisiones, imprecisiones, ausencia de una argumentación razonada o de
aspectos prácticos relevantes, implicarán la reducción de la puntuación. Cuando, en su caso, se valoren con la
media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, se eliminarán, las
puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a dos puntos. En el
supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, solo se eliminarán
una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
La puntuación final de la fase de oposición, de cada aspirante vendrá dada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en los dos ejercicios teórico y práctico del proceso selectivo (primer ejercicio – máximo 10 puntos- +
segundo ejercicio –máximo 10 puntos-).
7.2. Fase de concurso (hasta un máximo de 10 puntos). Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de
Selección valorará los méritos presentados en el periodo de solicitudes, solo de aquellos aspirantes
aprobados, conforme al siguiente baremo:
Experiencia (6 puntos máximo), que podrán considerarse de dos formas:
Servicios efectivos prestados en igual puesto al convocado, Oficial Electricista o equivalente en la
administración pública, se valorará con 0,12 puntos por mes completo de servicios prestados a jornada
completa o parte proporcional en contrataciones a tiempo parcial.
La puntuación máxima a considerar en este apartado será de seis puntos.
La acreditación de la experiencia profesional se realizará mediante certificado expedido por la administración
pública contratante, junto con la vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social para su
constatación, siendo la vida laboral necesaria y complementaria de lo anterior y sin que sea suficiente por sí
sola, para la acreditación de tales circunstancias. El Tribunal no valorará aquellos servicios aducidos de forma
insuficiente o incorrecta o entregados fuera del plazo de presentación de solicitudes.
Formación académica (4 puntos máximo), se valoraran los cursos de perfeccionamiento y especialización y las
titulaciones académicas iguales o superiores diferente a la presentada como requisito de acceso, que versen
sobre materias directamente relacionadas con la plaza a la que se opta.
La puntuación máxima a considerar en este apartado será de cuatro puntos y se valorará conforme a la
siguiente tabla:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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